Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón 391/2013, de 27 de mayo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sede de Zaragoza, Sección 3ª; recurso núm. 425/2009, Ponente D. Ignacio Martínez Lasierra)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de la revista Actualidad Jurídica Ambiental
Fuente: Roj: STSJ AR 740/2013
Temas Clave: Ecoeficiencia Energética; Energías Renovables; Edificación
Resumen:
En esta ocasión una federación de empresas de construcción interpone recurso en el cual la parte demandada es el Ayuntamiento de Zaragoza; versando el juicio sobre el acuerdo adoptado por el Pleno del citado ente en sesión celebrada en julio de 2009 por la que se aprueba definitivamente la Ordenanza municipal de ecoeficiencia energética y utilización de energías renovables en los edificios y sus instalaciones.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 25 de abril de 2013 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Mercenario Villalba Lava)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ EXT 859/2013
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Instalaciones que inciden sobre el medio ambiente; Finalidad extrafiscal
Resumen:
Decidimos efectuar un breve comentario de esta sentencia por los argumentos esgrimidos por la Sala en relación con el impuesto autonómico sobre instalaciones que inciden sobre el medio ambiente. La entidad mercantil “Iberdrola Generación S.A.U” pretende que se declare la nulidad del acto administrativo sobre declaración-liquidación correspondiente a este impuesto. Para ello se basa fundamentalmente en la falta de regulación legal del devengo del tributo, que coincide con el momento en que se entiende realizado el hecho imponible y que da origen a la obligación tributaria principal.
Directiva 2013/41/UE de la Comisión de 18 de julio de 2013 por la que se modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya la 1R-trans-fenotrina como sustancia activa en su anexo I (Texto pertinente a efectos del EEE) (DOUE L 196/18, de 19 de julio de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Biocidas; Comercialización de biocidas
Resumen:
El Reglamento núm. 1451/2007 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2007, relativo a la segunda fase del programa de trabajo de diez años contemplado en el artículo 16, aparatado 2, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la comercialización de biocidas, establece una lista de sustancias que deben evaluarse con vistas a su posible inclusión en los anexos de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero, relativa a la comercialización de biocidas. En la lista señalada figura la d-fenotrina.
Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. (BOE núm. 153, de 27 de junio de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Urbanismo; Eficiencia energética; Autorizaciones; Certificaciones; Código Técnico de la Edificación; Propiedad Horizontal; Subvenciones; Viviendas; Contratación Administrativa
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conduzcan a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. En realidad, la finalidad es reconvertir el sector inmobiliario y de la construcción -basado hasta ahora en la transformación urbanística de suelos vírgenes y en la construcción de vivienda nueva- y garantizar un modelo sostenible e integrador, tanto ambiental, como social y económico, a través de una estrategia unitaria sobre la edificación existente y el
Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. (BOE núm. 152, de 26 de junio de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Parques Nacionales; Biodiversidad; Castilla y León; Madrid
Resumen:
A través de la presente Ley se culmina un complejo proceso administrativo dado que el territorio protegido se adentra en dos Comunidades Autónomas, la de Madrid (21.714 hectáreas) y la de Castilla y León (12.246 hectáreas). Se declara el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama al considerar que dicho espacio reúne las características que la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales exige para su incorporación a la misma, máxime al contar con una riqueza ecológica y cultural que aconsejan que su conservación haya sido declarada de interés general, elevándose su régimen de protección al más alto nivel que permite nuestro ordenamiento jurídico, atendiendo a las características singulares, únicas y representativas de este territorio en el que se identifican nueve de los sistemas naturales incluidos en
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