Objeto:
La Orden incorpora al ordenamiento español los límites máximos de residuos de plaguicidas fijados por la Directiva 2007/73/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, que modifica determinados anexos de las Directivas 86/362/CEE y 90/642/CEE del Consejo por lo que respecta a los contenidos máximos del residuos de acetamiprid, atrazina, deltametrin, imazalil, indoxacarbo, pendimetalina, pimetrozina, piraclostrobina, tiacloprid y trifloxistrobina. Con esta finalidad la Orden modifica el anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal.