Reglamento Delegado (UE) núm. 114/2013 de la Comisión, de 6 de noviembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a las normas aplicables a las solicitudes de excepción respecto a los objetivos de emisiones específicas de CO2 para los vehículos comerciales ligeros nuevos. (DOUE L núm. 38, de 9 de febrero de 2013)
Autora: Dra. Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Contaminación Atmosférica; Emisiones; Vehículos
Resumen:
Este reglamento tiene por objeto especificar la información que han de proporcionar los solicitantes al objeto de demostrar que cumplen las condiciones para beneficiarse de una excepción de conformidad con el artículo 11.1 del Reglamento comunitario 510/2011, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los vehículos comerciales ligeros nuevos como parte del
Decisión del Consejo de 12 de febrero de 2013 relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (DOUE L núm. 46, de 19 de febrero de 2013)
Autora: Dra. Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Biotecnología
Resumen:
La decisión de celebrar en nombre de la Unión el Protocolo de Nagoya-Kuala Lumpur sobre Responsabilidad y Compensación suplementario al Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología se efectúa en concordancia a la adopción en 2007 por parte del Consejo de una Decisión por la que se autorizaba a la Comisión a participar en las negociaciones sobre
Reglamento (UE) núm. 126/2013 de la Comisión de 13 de febrero de 2013 por el que se modifica el Anexo XVII del Reglamento (CE) núm. 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH). (DOUE L núm. 43, de 14 de febrero de 2013)
Autora: Dra. Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Productos Químicos; Autorizaciones y Licencias
Resumen:
Con este reglamento se modifica el Anexo XVII del Reglamento 1907/2006, sustituyendo el término producto por el de artículo, que no se aplica a las mezclas; al mismo tiempo, para que el Anexo incluya los mismos productos que la Directiva 76/769/CEE se añade el término mezclas. También, proveyendo que las excepciones a
Reglamento de Ejecución (UE) núm. 125/2013, de la Comisión, de 13 de febrero de 2013 que modifica el Reglamento (CE) núm. 1235/2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo en lo que se refiere a las importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países. (DOUE L núm. 43, de 14 de febrero de 2013)
Autora: Dra. Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Productos Ecológicos; Importación
Resumen:
Este reglamento de ejecución se establece a fin de mejorar la supervisión de los terceros países reconocidos de conformidad con el artículo 33.2 del Reglamento 834/2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, y de las autoridades y organismos de control, reconocidos de conformidad con el artículo 33.3 del mismo; finalidad que sólo se logra aumentando la
Reglamento (UE) núm. 100/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2013, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1406/2002 por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad Marítima. (DOUE L núm. 39, de 9 de febrero de 2013)
Autora: Dra. Ana María Barrena Medina, Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Espacio Marítimo; Contaminación Marítima
Resumen:
La Agencia Europea de Seguridad Marítima fue creada para garantizar un nivel elevado, uniforme y eficaz de seguridad marítima y prevención de la contaminación por buques; a la misma se le dotó de mayores competencias tras el incidente del Prestige. La Agencia ha demostrado que determinadas tareas pueden desempeñarse de modo más eficiente a escala europea, lo que, en ciertos casos, podría permitir a
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