15 octubre 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Aprovechamientos marinos

Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo (DOUE L257/135, de 28 de agosto de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Espacio marítimo; Desarrollo sostenible; Aprovechamientos marinos; Recursos marinos

Resumen:

Con esta Directiva se fija el marco para la ordenación del espacio marítimo, con vistas a fomentar el crecimiento sostenible de las economías marítimas, el desarrollo sostenible de los espacios marinos y el aprovechamiento sostenible de los recursos marinos. Dicho marco dispone que los Estados miembros determinen y apliquen una ordenación del espacio marítimo con el objeto de contribuir a los objetivos de la ordenación del espacio marítimo fijados en el artículo 5 de la Directiva, teniendo en cuenta las interacciones entre tierra y mar y la mejora de la cooperación transfronteriza, conforme a las disposiciones pertinentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar.

Así, para que puedan lograrse los objetivos marcados en el artículo 5 de la directiva, en la misma se establecen obligaciones respecto al establecimiento de un proceso de ordenación marítima que

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8 octubre 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Especies exóticas

Reglamento de Ejecución (UE) núm. 888/2014 de la Comisión de 14 de agosto de 2014 por el que se prohíbe la introducción en la Unión de especímenes de determinadas especies de fauna y flora silvestres (DOUE L243/21, de 15 de agosto de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Especies exóticas; fauna y flora silvestres

Resumen:

Mediante esta disposición y de conformidad al artículo 4.6 del Reglamento (CE) núm. 338/97, de la Comisión, se aprueba la prohibición de la introducción en la Unión de las especies de fauna y flora silvestres enumeradas en el anexo de la misma, dese los países de origen allí indicados. Nuevo anexo aprobado con base en la información reciente. Tal es el caso de los especímenes de la especie canis lupus, especímenes trofeos de caza, procedentes de Bielorrusia, Mongolia, Tayiskistán y Turquía.

Normas Afectadas: se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 578/2013 de la Comisión, que estableció por última vez en junio de 2013 la lista de especies cuya introducción en la Unión queda prohibida

Entrada en Vigor: el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial

Documento adjunto:

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24 septiembre 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Cambio climático. Protocolo de Kyoto

Reglamento (UE) núm. 662/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (UE) núm. 525/2013 en lo relativo a la ejecución técnica del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (DOUE L 189/155, de 27 de junio de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Cambio Climático; Protocolo de Kyoto

Resumen:

La aceptación de la enmienda de Doha por la que se establece un segundo período de compromiso del Protocolo de Kyoto, obliga a la Unión a la adopción de normas que garanticen la ejecución técnica del segundo período, incluida la transición del primer al segundo período de compromiso, a fin de permitir el funcionamiento eficaz de un acuerdo de cumplimiento conjunto y de garantizar que se ajustan al funcionamiento del régimen del comercio de derechos de emisión de la Unión. Algunas de esas normas se desean introducir con esta modificación del Reglamento de 2013, dado que el mismo no contiene la base jurídica necesaria sin la presente modificación. Así, se el citado Reglamento se ve modificado en sus artículos

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22 septiembre 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Traslado de residuos

Reglamento (UE) núm. 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1013/2006 relativo a los traslados de residuos. (DOUE L 189/135, de 27 de junio de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Residuos; Traslado de Residuos

Resumen:

Se procede a la modificación del Reglamento (CE) núm. 1013/2006 para paliar las observadas divergencias y lagunas en la ejecución y en las inspecciones llevadas a cabo por las autoridades que participan en las inspecciones de los Estados miembros. De tal modo que se procede a reforzar las disposiciones sobre medidas ejecutivas e inspecciones fijadas en el artículo 50 del Reglamento con el objeto de garantizar una planificación periódica y coherente de tales inspecciones. Un refuerzo consistente en incluir la obligación de establecerse planes de inspección para las inspecciones; planes que habrán de basarse en una evaluación de riesgos e incluir una serie de elementos clave y que podrán ser elaborados por separado o como parte claramente determinada de otros planes. Se incluye, también, la obligación de informar públicamente sobre el resultado de las inspecciones y las

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17 septiembre 2014

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea. Riesgos fitosanitarios

Reglamento de Ejecución (UE) núm. 707/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014 que modifica el Reglamento (CE) núm. 690/2008, por el que se reconocen determinadas zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios específicos (DOUE L 186/56, de 26 de junio de 2014)

Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas Clave: Fitosanitarios; Riesgos Fitosanitarios

Resumen:

Por medio del Reglamento de 2008 concretos Estados o zonas de Estados miembros fueron reconocidos como zonas protegidas con respecto a determinados organismos nocivos. En algunos casos, dicho reconocimiento se concedió por un período de tiempo limitado a fin de que los Estados miembros afectado pudieran presentar la información completa necesaria para demostrar que el organismo nocivo en cuestión no estaba presente en el Estado miembro o en la zona afectada o para completar los esfuerzos de erradicación del mismo. Así, después de pasado ese tiempo y recibida la información facilitada por los Estados se procede a la modificación del anexo del citado Reglamento, a fin de adaptar su contenido a la situación actual de aquellas zonas. Así, por ejemplo, se incluye que ahora Madeira no es reconocida como parte de la

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