Decisión (UE) 2015/801 de la Comisión de 20 de mayo de 2015 relativa al documento de referencia sobre las mejores prácticas de gestión medioambiental, indicadores de comportamiento medioambiental y parámetros comparativos de excelencia para el sector del comercio al por menor, de conformidad con el Reglamento (CE) 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) [notificada con el número C(2015)3234]
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L127/25 de 22 de mayo de 2015
Temas clave: mejores prácticas; medio ambiente; EMAS; comercio al por menor
Resumen:
La Decisión 2015/801 cumple este mes con la obligación impuesta por el Reglamento 1221/2009, consistente en elaborar documentos de referencia sobre mejores prácticas de gestión ambiental, que incluyan además indicadores y parámetros adecuados de comportamiento medioambiental, específicos para cada sector de actividad.
El sector específico que con ella recibe su documento es el del comercio al por menor y las PYMES, por lo tanto un sector cuantitativamente importante, y ello pese a que, por el momento, todas las acciones que como ésta están incluidas dentro del sistema comunitario de gestión
Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento europeo y del Consejo de 29 de abril de 2015 por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L115/11 de 6 de mayo de 2015
Temas clave: bolsas de plástico ligeras; consumo; reducción; medio ambiente; impactos
Resumen:
La Directiva que se ve modificada por la presente, la 94/62/CE, se adoptó para prevenir o reducir el impacto en el medio ambiente de todos los envases y de sus residuos, entre los que se encuentran las bolsas de plástico.
Dicha norma europea regula únicamente los aspectos básicos de estas bolsas, al insertarlas dentro de una categoría general, pero no incluye disposiciones específicas sobre su consumo, y ello pese a ser en realidad una fuente de contaminación dañina e importante en nuestro tiempo; las bolsas de plástico no sólo consumen grandes cantidades de energía para su fabricación, sino que también están compuestas por sustancias derivadas del petróleo cuya degradación puede tardar cientos de años, y todo ello sin contar con que en su mayoría están decoradas y pueden contener
Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, relativa a la adhesión de la Unión Europea a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, (CITES). (DOUE L75/1 de 19 de marzo de 2015)
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: CITES; especies amenazadas; fauna y flora silvestres; controles de comercio; adhesión
Resumen:
La Unión, aprovechando la condición obtenida tras Lisboa, momento en el que recibió su personalidad jurídica propia, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 192 apartado 1 del Tratado de Funcionamiento, con el que la Unión Europea por sí misma ya es competente para celebrar acuerdos internacionales y dar cumplimiento a las obligaciones que de ellos se deriven, ha decido sumarse a la lista de miembros Parte de esta Convención sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora.
CITES, para todos conocida, es un importante instrumento internacional medioambiental cuyo objetivo está en proteger a las especies amenazadas de fauna y flora mediante controles en el comercio internacional de especímenes; hasta ahora eran ya 178 los países Parte, entre los cuales están los 28 Estados miembro de la
Directiva (UE) 2015/412 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, por la que se modifica la Directiva 2001/18/CE en lo que respecta a la posibilidad de que los Estados miembros restrinjan o prohíban el cultivo de organismos modificados genéticamente (OMG) en su territorio
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L68/1 de 13 de marzo de 2015
Temas clave: OMG; cultivo; restricciones y prohibiciones
Resumen:
La Directiva 2001/18/CE «sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente», modificada por la presente, constituye la cabeza del marco legal global para la autorización y presencia de organismos modificados genéticamente, (OMG), en la Unión Europea.
A los efectos de este comentario, lo relevante en dicho marco es que los OMG para cultivo deben ser sometidos a una evaluación individual de los riesgos antes de autorizar su comercialización en el mercado de la Unión, evaluación que bajo el prisma del principio de precaución se realizará teniendo en cuenta «cualquier efecto directo, indirecto, inmediato, diferido o acumulado a largo plazo en la salud humana y el medio ambiente»; una vez que se ha autorizado un OMG para cultivo, si este
Decisión (UE) 2015/191 de la Comisión, de 5 de febrero de 2015, por la que se modifica la Decisión 2010/670/UE en lo que respecta a la ampliación de determinados plazos establecidos en su artículo 9 y en su artículo 11, apartado 1 [notificada con el número C(2015) 466]. (DOUE L31/31 de 07 de febrero de 2015)
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: CO2; Comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Modificación de plazos; Unión Europea; Directiva 2003/87/CE; Decisión 2010/670/UE
Resumen:
En el año 2008 el Consejo Europeo pidió con carácter de urgencia a la Comisión el desarrollo de un mecanismo que incentivase la inversión por parte de los Estados miembros y del sector privado de cara a garantizar la construcción y explotación de centrales de demostración de captura y almacenamiento de carbono, (CAC), antes de diciembre del año 2015. Como consecuencia de dicha petición, la Comisión Europea adoptó en octubre de 2009 una Comunicación titulada «La inversión en el desarrollo de tecnologías con baja emisión de carbono», ligada al Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética, a raíz de lo cual se pusieron en marcha, poco a poco, otras acciones
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