Este Decreto modifica, en su disposici\u00f3n adicional primera, los art\u00edculos 2 y 3 y a\u00f1ade un nuevo art\u00edculo, el 13, al Decreto 41\/2010, de 23 de marzo, por el cual se crea el Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovaci\u00f3n de la Vivienda; y, en su disposici\u00f3n adicional segunda, modifica la disposici\u00f3n final 1.2 del Decreto 13\/2010, de 2 de febrero, del Plan para el derecho a la vivienda de 2009-2012.<\/p>\r\n
\u00a0<\/strong>Asimismo, su disposici\u00f3n final habilita al titular del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda para pueda completar, mediante la correspondiente Orden, el r\u00e9gimen jur\u00eddico del Registro General del C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n de Catalu\u00f1a.<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Catalu\u00f1a","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-cataluna-24","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-03 11:18:43","post_modified_gmt":"2011-06-03 10:18:43","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/www.observatoriodellitoral.es\/actualidad_juridica_ambiental\/?p=3864","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->
Decreto catalán 68/2010, de 25 de mayo, sobre tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación y del Registro General del Código Técnico de la Edificación (DOGC núm. 5638, de 28 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
El Decreto 68/2010, de 25 de mayo, adoptado de acuerdo con las competencias que el Estatuto de Autonomía otorga a la Generalitat en su artículo 137, tiene por objeto establecer el procedimiento de tramitación y aprobación de los documentos reconocidos del Código Técnico de la Edificación, con el fin de adecuar este Código a las concretas exigencias del territorio y de la población de Cataluña. El cumplimiento de esta finalidad se realiza a través de la Subcomisión sobre la aplicación del Código Técnico de la Edificación en Cataluña, que se adscribe al Consejo de Calidad, Sostenibilidad e Innovación de la Vivienda, a quien corresponde emitir los informes técnicos sobre las solicitudes de reconocimiento de los documentos presentados, para la aprobación de los documentos reconocidos
Ley catalana 15/2010, de 28 de mayo, de declaración del Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral (DOGC núm. 5642, de 3 de junio de 2010)
Autora de la nota: Lucía Casado Casado. Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto declarar el Parque Natural del Montgrí, las Islas Medes y el Bajo Ter; y declarar, dentro del ámbito del Parque Natural, la reserva natural parcial marina de las Medes, la reserva natural parcial de los humedales del Bajo Ter y la reserva natural integral de las Islas Medes. Asimismo, establece un marco jurídico y crea los mecanismos de planificación, gestión y protección de la legalidad necesarios para conservar y, en su caso, restaurar los sistemas naturales terrestres y marinos de los espacios de protección especial y que se declaran, y para promover los valores geológicos, botánicos, faunísticos, ecológicos, paisajísticos, culturales, educativos, científicos, productivos y sociales que contienen. También delimita definitivamente el espacio del Plan de Espacios de Interés
Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio , de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia). (Boletín Oficial de Castilla y León nº 104, miércoles 2 de junio de 2010).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Espacios Naturales Protegidos; Evaluación ambiental.
Resumen:
Se ha venido observando que, tras la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña (Palencia) y su posterior declaración como espacio natural, integrante de la Red Natura 2000, la evolución socioeconómica de los municipios incluidos en este espacio natural mantiene un continuo retroceso, con merma de población, en especial de los tramos más jóvenes, y deterioro de las rentas de sus habitantes. Situación que demuestra que las medidas hasta ahora puestas en marcha son insuficientes, incluidas las vinculadas a la creación del propio Parque. Por lo que se considera apropiada la adopción de las medidas oportunas, a través del esta Ley, para permitir la evaluación ambiental de las actividades que se pretenden llevar a cabo en el ámbito del Parque, garantizando a través de este procedimiento su
Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (DOCM núm. 97, de 21 de mayo)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El presente Decreto Legislativo, tiene por objeto la refundición, aclaración y armonización de las disposiciones legales existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Se unifica en un único texto normativo, el Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (modificado por la Ley 7/2005 de 7 de julio y la Ley 12/2005, de 27 de diciembre), con las disposiciones contenidas en la Ley 2/2009, de 14 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo.
Resulta interesante destacar algunas disposiciones del régimen transitorio que establece el Decreto Legislativo en virtud de las cuales:
– Las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 2/2009, de 14
Dictamen de iniciativa del Comité de las Regiones — «Política forestal: Los objetivos 20/20/20», (DOUE n° C 141 de 29/05/2010 p. 0045 – 0049)
Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili
Objetivo:
El Comité de las Regiones a través de este Dictamen realiza una serie de recomendaciones políticas con el fin de apoyar a las regiones para que introduzcan una política forestal de desarrollo sostenible, que sirva para mitigar el cambio climático: incentivos para los sujetos económicos con medidas como descuentos fiscales, participación en los gastos de innovación, contratos preferenciales para la compra de artículos que sean objeto de producción forestal, ayuda técnica y tecnológica, y participando a la hora de sufragar gastos relacionados con la protección del medio ambiente. Al respecto realiza toda una serie de recomendaciones básicas y otras específicas centrándose en: la dirección recomendada de las acciones en el contexto del “Plan de acción para los años 2007-2011”; la ejecución de las tareas previstas mediante la educación; el apoyo científico como condición básica para lograr los objetivos previstos; y
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