CORRECCIÓN de errores de la ORDEN MAM/2187/2009, de 23 de noviembre, por la que se establece la Normativa Anual de Pesca de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010 publicada en BOCYL nº 228; viernes, 27 de noviembre de 2009. (BOCYL nº 52, 16 de marzo de 2010)
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat
Resumen:
Mediante la Orden de 23 de noviembre de 2009 se establecieron la normas anuales reguladoras de la pesca en la Comunidad de Castilla y León para el período de Castilla y León, de acuerdo con la previsión de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en la Comunidad castellano y leonesa. En dicha Orden se establecen tanto las especies pescables, como las épocas hábiles de pesca para cada una de las especies, así como las dimensiones mínimas para cada una de las mismas; así como los vedados.
La corrección de errores publicada el 16 de marzo, se refiere al dibujo referido a los anzuelos utilizables para la pesca con lombriz en las aguas
ORDEN MAM/94/2010, de 3 de febrero, por la que se modifica la Orden MAM/40/2009, de 16 de enero, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Derecho Rural (Feader) para la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas. (BOCYL nº 25, de 8 de febrero de 2010)
Autora de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación FPI. CIEDA-Ciemat.
Resumen:
Mediante esta Orden se modifica la Orden de 16 de enero de 2009 por la que se establecían las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas cofinanciadas con los Fondos Feader, para la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas; a fin de adaptarlas a la medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos, establecidas el Decreto 23/2009, de 26 de marzo; así como a lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 3/2009, de 23 de diciembre.
Si bien, los procedimiento iniciados al amparo de convocatorias publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento
Decreto 4/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural “Sierra de Guadarrama” (Segovia y Ávila). BOCYL nº 12, miércoles, 20 de enero de 2010.
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación FPI. CIEDA-Ciemat.
Resumen:
Como consecuencia de la incorporación del Espacio Natural “Sierra de Guadarrama” (Segovia y Ávila) al Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, se exige la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. Plan que se aprueba con el citado Decreto, como instrumento de planificación de los recursos naturales del citado Espacio Natural; todo ello en aplicación de lo dispuesto por la Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León.
En el mismo se establecen las medidas y directrices, tanto generales como específicas, necesarias a fin de asegurar la protección, conservación, mejora y utilización racional del Espacio Natural; además de restaurar los ecosistemas y valores del Espacio, promover el conocimiento y disfrute de los valores naturales y culturales del mismo; preservar, mantener y fomentar los conocimientos y
Ley 3/2010, de 26 de marzo, de modificación de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL nº 61, de 30 de marzo de 2010)
Autora de la nota: Celia María Gonzalo Miguel. Becaria FPI. CIEDA / CIEMAT
Resumen:
La presente Ley modifica los procedimientos de aprobación, revisión y modificación de los instrumentos de ordenación del territorio recogidos en la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, en especial lo relativo al trámite ambiental, haciendo coincidir trámites que admiten su impulsión simultánea, con el fin de simplificar el procedimiento y dotarle de una mayor rapidez y agilidad, profundizando así en la aplicación del principio de celeridad recogido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y reforzado por diversas disposiciones comunitarias.
En relación al trámite ambiental si bien, la nueva norma no determina qué tipo de evaluación ambiental es necesaria para cada instrumento, haciendo una remisión a lo que disponga la «normativa ambiental correspondiente», si que integra este trámite en el procedimiento de aprobación, modificación y revisión de cada instrumento de ordenación. En este sentido, la ley estipula que
ORDEN MAM/2348/2009, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas de Castilla y León por el Decreto 40/2009, de 25 de junio. (BOCYL nº 13, de 21 de enero de 2010).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de investigación FPI. CIEDA-Ciemat.
Resumen:
La contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias, dio lugar a la Directiva 91/676/CEE, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, transpuesta al ordenamiento español mediante Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero.
Todo ello da lugar que en el ámbito de Castilla y León, mediante Decreto 109/1998, de 11 de junio, se designen las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero de Castilla y León; posteriormente revisadas y derogado mediante Decreto 40/2009, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de
|