Reglamento (UE) núm. 333/2011 del Consejo, de 31 de marzo de 2011, por el que se establecen criterios para determinar cuándo determinados tipos de chatarra dejan de ser residuos con arreglo a la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE L 94/2, de 8 de abril de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Residuos
Resumen:
Este Reglamento establece los criterios para determinar cuándo la chatarra de hierro, acera y aluminio, incluida la chatarra de aleación de aluminio deja de ser residuo. Dando respuesta a la necesidad de establecer dichos criterios que quedó patente tras una evaluación realizada en relación con varios flujos de residuos. Unos criterios que garantizan un nivel elevado de protección del medio ambiente y que permiten garantizar que la chatarra de esos tipos resultante de una operación de recuperación cumpla los requisitos técnicos de la industria de la producción de metales, así como la legislación y las normas existentes aplicables a los productos, y no que no se dé lugar a impactos negativos para el medio ambiente o la salud humana; criterios conducentes a la producción de chatarra
Real Decreto 458/2011, de 1 de abril, sobre actuaciones en materia de espectro radioeléctrico para el desarrollo de la sociedad digital. (BOE núm. 79, de 2 abril de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas clave: Dominio público; Espectro radioeléctrico; Concesiones administrativas; Cesión de Derechos; Telecomunicaciones; Telefonía móvil
Resumen:
El espectro radioeléctrico es un recurso fundamental para la prestación de servicios y cada vez tiene mayor importancia en nuestra economía, si bien resulta necesario poner a disposición de los operadores una mayor cantidad que garantice el uso de bandas de frecuencia de una forma más eficiente. De ahí que la Directiva 2009/114/CE habilite a los Estados miembros a modificar o reconsiderar los derechos de uso del espectro con la finalidad de evitar falseamientos de competencia en los mercados.
Con el objetivo de incorporar dicha Directiva a nuestro ordenamiento jurídico, se ha aprobado por el artículo 47 de la Ley de Economía Sostenible la utilización de las nuevas tecnologías en la banda de frecuencias de 900 MHz y de 1.800 MHz al tiempo de habilitar al Gobierno a determinar,
Ley 8/2011, de 21 de marzo, del Consejo del Agua de Castilla-La Mancha (DOCM núm. 63, de 31 de marzo)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Aguas; Participación; Demarcación hidrográfica; Planificación hidrológica; Consejo del Agua
Resumen:
En la comunidad manchega, la Ley 6/2009, de 17 de diciembre creó la Agencia del Agua, órgano administrativo con el que el Gobierno Regional, defiende los derechos de los castellano-manchegos en materia de agua, y participa en la planificación hidrológica nacional. Sin embargo, la protección de los recursos hídricos no sólo ha de ser un compromiso de los poderes públicos, sino también una responsabilidad de todos los sectores, usuarios y agentes implicados en el uso y gestión del agua, así como de la ciudadanía en general. Por ello, resulta imprescindible la creación del Consejo de Agua, como órgano de consulta y de participación en materia de agua, adscrito a efectos administrativos a la Agencia del Agua, y en el que tienen cabida todas las administraciones públicas, agentes, sectores y usuarios implicados y la sociedad en general, en aras de conseguir una mayor eficacia de las políticas regionales
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza del País Vasco. (BOPV núm. 61, de 29 de marzo, de 2011)
Autora: Berta Marco Ciria. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Protección Especies; Caza; País Vasco
Resumen:
El ejercicio de la caza en el País Vasco necesitaba urgentemente de una normativa adaptada a las nuevas características de su territorio y peculiaridades de su práctica, pues la normativa en vigor que existía antes de la aprobación de la presente Ley contaba con más de cuarenta años, por lo su regulación quedaba un tanto obsoleta para los nuevos tiempos, algo que se suplía a modo de “parche” con puntuales modificaciones.
De nuevo nos referimos a una norma ansiada, cuya aprobación no ha sido fácil debido, en parte, a la siempre latente polémica entre los sectores proclives a la caza y los que ven en ésta un ataque cruel hacia los animales y un peligro real para la sociedad. Y es, precisamente, en este punto, en lo referido a las distancias de seguridad que deben guardarse con respecto a las zonas habitables, donde más suspicacias y reticencias se han
Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la diversidad biológica, de 29 de octubre de 2010
Autor: Enrique J. Martínez Pérez. Profesor Contratado Doctor de Derecho internacional público de la Universidad de Valladolid
Temas Clave: biotecnología, conocimientos tradicionales, comunidades indígenas, consentimiento fundamentado previo, recursos genéticos
Resumen:
Como es sabido por todos, los instrumentos jurídicos internacionales que nacieron de la Conferencia de Río sobre medio ambiente y desarrollo de 1992 fueron esencialmente convenios-marcos, de naturaleza esencialmente programática, que exigían un posterior desarrollo normativo. El Convenio sobre la diversidad biológica es el mejor ejemplo de ello, pues, desde su entrada en vigor se han elaborado, aprovechando su entorno institucional, nuevos acuerdos internacionales, como el Protocolo que a continuación presentamos. Aunque previamente se habían celebrado varias reuniones y paneles de expertos en la materia, el impulso definitivo a la creación de un régimen internacional para promover y salvaguardar la participación justa y equitativa de los beneficios que se derivasen de la utilización de los recursos genéticos se produjo en la Cumbre Mundial sobre el
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