fomentar tecnolog\u00edas m\u00e1s eficientes y ecol\u00f3gicas sino para facilitar una mayor utilizaci\u00f3n de este tipo de veh\u00edculos con la finalidad de obtener un mejor aprovechamiento de las energ\u00edas renovables, favorecer la reducci\u00f3n de emisiones en los puntos de mayor concentraci\u00f3n de las mismas y disminuir la dependencia de los productos petrol\u00edferos.<\/p>\r\n

El objeto de esta norma, que abarca catorce art\u00edculos, es la regulaci\u00f3n de la concesi\u00f3n directa de ayudas, que revestir\u00e1n la forma de subvenciones, para la adquisici\u00f3n de veh\u00edculos el\u00e9ctricos nuevos u operaciones de financiaci\u00f3n por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de estos veh\u00edculos a condici\u00f3n de que el contrato tenga una duraci\u00f3n m\u00ednima de dos a\u00f1os, cuando dichas adquisiciones y operaciones se produzcan a partir del 1 de enero de 2013 y las solicitudes se registren en el sistema electr\u00f3nico de gesti\u00f3n de la subvenci\u00f3n desde la apertura del sistema hasta el 31 de octubre de 2013 en el caso de veh\u00edculos matriculados o 31 de agosto para veh\u00edculos pendientes de matricular, o hasta el agotamiento de los fondos(est\u00e1 previsto un presupuesto de 9.893.330,56 euros), si esta circunstancia se produjera con anterioridad.<\/p>\r\n

Simplemente pondremos de relieve las principales modificaciones que se han introducido en este real decreto en comparaci\u00f3n con las regulaciones anteriores: Se han excluido las motocicletas de las categor\u00edas de veh\u00edculos objeto de subvenci\u00f3n. La tipolog\u00eda de los beneficiarios se ha limitado a las personas f\u00edsicas, los profesionales aut\u00f3nomos y las empresas privadas. Se establece una cuant\u00eda fija para cuadriciclos ligeros L6e y cuadriciclos pesados L7e, mientras que para el resto de veh\u00edculos la cuant\u00eda de las ayudas se fija en funci\u00f3n de su autonom\u00eda.<\/p>\r\n

Otra modificaci\u00f3n se refiere a la supresi\u00f3n del incremento de la ayuda en caso de adquisici\u00f3n por un mismo beneficiario de m\u00e1s de un veh\u00edculo. Tambi\u00e9n se establece un nuevo sistema de gesti\u00f3n de las ayudas, que se realizar\u00e1 directamente entre el solicitante y el Ministerio de Industria, Energ\u00eda y Turismo a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Industria y de la PYME, no existiendo, por tanto, entidad colaboradora. El pago de la ayuda se realizar\u00e1 directamente al beneficiario una vez que el \u00f3rgano competente haya dictado resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n. Finalmente, en este real decreto contin\u00faa existiendo la posibilidad de registrar expedientes para veh\u00edculos pendientes de matricular.<\/p>\r\n

Las subvenciones se conceder\u00e1n de forma directa, no siendo posible la convocatoria p\u00fablica de las ayudas y ser\u00e1n compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales, de la Uni\u00f3n Europea o de organismos internacionales. Ser\u00e1n compatibles en todo caso con otras ayudas o subvenciones que pudieran establecer las Comunidades Aut\u00f3nomas para la misma finalidad.<\/p>\r\n

El esquema al que responde el articulado de la norma es el general para de todo tipo de subvenciones: Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n. Beneficiarios. Conceptos subvencionables y cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n. R\u00e9gimen de concesi\u00f3n y financiaci\u00f3n. Gesti\u00f3n de las ayudas: plazo de presentaci\u00f3n y formalizaci\u00f3n de solicitudes. Resoluci\u00f3n y pago de las ayudas. Seguimiento y control.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>28 de abril de 2013<\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"\u00a0<\/a><\/strong><\/p>\r\n

<\/strong>\u00a0<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Veh\u00edculos el\u00e9ctricos","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-estado-vehiculos-electricos-2","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2013-05-09 13:35:53","post_modified_gmt":"2013-05-09 11:35:53","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=9777","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw","post_title_ml":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Veh\u00edculos el\u00e9ctricosLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Veh\u00edculos el\u00e9ctricosLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Veh\u00edculos el\u00e9ctricos","post_title_langs":{"es":true,"en":true,"fr":true}};-->

27 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Vehículos eléctricos

Real Decreto 294/2013, de 26 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2013, en el marco de la Estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014. (BOE núm. 101, de 27 de abril)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Vehículos a motor, Energía eléctrica; Ayudas y subvenciones

Resumen:

En primer lugar, debemos aclarar que este real decreto es continuación o prórroga del real decreto 648/2011, de 9 de mayo y responde a las expectativas de la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico 2010-2014, que puso de manifiesto la necesidad de realizar una serie de actuaciones con objeto de favorecer el desarrollo y uso de vehículos eléctricos, no solo con la pretensión de

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22 mayo 2013

Castilla y León CC.AA. Legislación al día

Legislación al día. Castilla y León. Energía eléctrica

Decreto 13/2013, de 18 de abril, por el que se modifica el Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León (BOCYL núm. 77, de 24 de abril)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas clave: Energía; Energía eléctrica; Procedimiento de autorización administrativa de instalaciones de energía eléctrica

Resumen:

El desarrollo de las infraestructuras de distribución de energía eléctrica es un elemento imprescindible para fomentar la implantación de empresas, así como para permitir a las ya existentes ampliar su actividad económica y su capacidad de generar empleo, por lo que para permitir tal desarrollo, el presente Decreto pretende llevar a cabo una simplificación de los trámites administrativos exigidos para su establecimiento para redundar en una mayor agilidad en el desarrollo del tejido industrial y empresarial de Castilla y León.

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22 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Residuos peligrosos

Orden AAA/661/2013, de 18 de abril, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. (BOE núm. 97, de 23 de abril de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Residuos; Gestión de residuos; Sustancias peligrosas; Almacenes; Mercurio; Reglamentaciones técnicas

Resumen:

El contexto en el que nace esta Orden deviene de la necesidad de aprobar una norma con carácter básico para especificar algunos elementos necesarios que regulen la aplicación práctica de los requisitos de la Decisión 2003/33/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos, buscando una homogeneidad en su aplicación. De ahí que

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20 mayo 2013

CC.AA. Galicia Legislación al día

Legislación al día. Galicia. Infraestructuras hidráulicas

Decreto 59/2013, de 14 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, en materia de ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas (DOG núm. 73, de 16 de abril)

Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental

Temas clave: Aguas; Infraestructuras hidráulicas

Resumen:

Una de las principales novedades introducidas por la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, fue la determinación del reparto competencial entre las diferentes administraciones públicas de Galicia en materia de infraestructuras hidráulicas. En este sentido, los artículos 4 y 5 de la mencionada ley catalogan, respectivamente, las funciones que corresponden a la Administración hidráulica autonómica, las cuales serán ejercidas fundamentalmente por la entidad pública empresarial Aguas de Galicia, y a las administraciones locales de Galicia.

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20 mayo 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Ecoetiqueta

Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) nº 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea. (BOE núm. 97, de 23 de abril de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Etiqueta ecológica; Comunidades Autónomas; Comercialización; Consumidores y usuarios

Resumen:

A través de este real decreto se concretan aquellos aspectos del Reglamento (CE) nº 66/2010 que precisen de un desarrollo para su aplicación. Lo que en realidad se pretende es que ningún operador se vea privado de la posibilidad de obtener la etiqueta ecológica para sus productos o servicios, por falta de organismo competente designado en el lugar de producción o de prestación, con los consiguientes perjuicios tanto para

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