25 enero 2016

CC.AA. Comunidad Valenciana Legislación al día

Legislación al día. Comunidad Valenciana. Medidas fiscales y administrativas

Ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: DOGV núm. 7689, de 31 de diciembre de 2015

A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:

Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunidad Valenciana:

Se suprime el punto 4 del artículo 59 (introducido en su día por la Ley 9/2011, de 26 de diciembre) relativo a la posibilidad de excepcionar de la prohibición de cambio de uso forestal, dentro del plazo general de los 30 años, sobre los terrenos que hayan padecido los efectos de un incendio forestal, con carácter extraordinario, cuando afecten a proyectos de obras e infraestructuras de especial relevancia declaradas de interés general de la Comunidad Valenciana.

En cualquier caso, la virtualidad de este precepto había quedado ciertamente alterada en virtud del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con la Ley 9/2011, de Medidas Fiscales, de Gestión

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20 enero 2016

CC.AA. Comunidad de Madrid Legislación al día

Legislación al día. Comunidad de Madrid. Medidas fiscales y administrativas

Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: BOCM núm. 311, de 31 de diciembre de 2015

A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:

Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del arbolado Urbano:

Se excluye la necesidad de obtención previa de licencia para la tala de árboles y de la obligación de sustitución de los árboles talados en ámbitos urbanos, en los terrenos constitutivos de la franja o zona interfaz que deba separar los vertederos o edificaciones de las zonas forestales, todo ello en aras a compatibilizar esta norma con la normativa sobre prevención de incendios forestales -nueva disposición adicional tercera-.

Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid:

Se efectúa una modificación de la regulación del procedimiento sancionador en materia de medio ambiente, agricultura, ganadería, desarrollo rural, vías pecuarias, animales domésticos y protección, bienestar y sanidad animal y vegetal, modificando la competencia sancionadora en

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18 enero 2016

España Legislación al día

Legislación al día. España. Comercio de madera

Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 296, de 11 de diciembre de 2015

Temas Clave: Comercio de madera; Licencias FLEGT; Biodiversidad

Resumen:

El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento de la regulación en materia de lucha contra el comercio de madera aprovechada ilegalmente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) Nº 2173/2005 del Consejo, de 20 de diciembre, relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT aplicable a las importaciones de madera a la Comunidad Europea (en adelante, Reglamento FLEGT) y el Reglamento (UE) Nº 995/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de los agentes que comercializan madera y productos de la madera (en adelante Reglamento EUTR), así como en su normativa de desarrollo.

Para conseguir estos objetivos, este real decreto determina en primer lugar la autoridad competente FLEGT en España e identifica a las autoridades competentes en nuestro país para la aplicación de Reglamento

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18 enero 2016

CC.AA. Comunidad de Madrid Legislación al día

Legislación al día. Madrid. Suelos

Ley 4/2015, de 18 de diciembre, de modificación de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)

Fuente: BOCM núm. 308, de 28 de diciembre de 2015

Temas clave: Clasificación de suelos; Edificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo

Resumen:

A través de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, se estableció en la legislación urbanística de esta Comunidad Autónoma, la prohibición de edificar con un altura superior a tres plantas más ático -artículo 39.8 de la Ley 9/2001, de 17 de julio-.

Esta medida, en su día muy mediática y no poco aplaudida en muchos sectores, resulta ahora derogada por esta Ley 4/2015, por causa del tipo de ciudad que promueve, esto es, un modelo urbano expansivo, según se indica en el propio Preámbulo de la norma ahora comentada, y en contravención con los postulados de ciudad compacta recogidos en la legislación básica estatal de suelo desde el 2007. Así, señala el Preámbulo que «esta limitación de alturas ha esparcido nuestras ciudades cual mancha de

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13 enero 2016

España Legislación al día

Legislación al día. España. Biocarburantes

Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 291, de 5 de diciembre de 2015

Temas Clave: Biocarburantes; Energía; Transporte

Resumen:

El objeto del presente real decreto es la introducción de medidas relacionadas con el fomento de la utilización de los biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, así como la incorporación parcial al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2015/1513 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo, y la Directiva 2009/28/CE, relativa al fomento del uso de energía renovable procedente de fuentes renovables.

Se considera conveniente revisar los objetivos de venta o consumo de biocarburantes para el periodo 2016-2020, estableciendo únicamente un objetivo global de consumos mínimos obligatorios, sin restricciones por producto, de tal manera que los sujetos obligados tengan flexibilidad para cumplirlos, si bien están obligados a acreditar su cumplimiento. Al efecto, para el año 2016 se establece un objetivo global anual mínimo obligatorio de

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