Ley de Espacios Marítimos
Autora: Noemí Pino Miklavec. Doctora en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina del 16 de diciembre de 2014, número 33031, página 1
Temas Clave: Espacios Marítimos; Áreas Marinas Protegidas; Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas; Reserva Nacional Marina Estricta; Parque Nacional Marino; Monumento Nacional Marino; Reserva Nacional Marina para la Ordenación de Hábitats/especies y Reserva Nacional Marina; Administración de Parques Nacionales
Resumen:
Comentario de la Ley que instituyó en los espacios marítimos establecidos en la ley 23.968, el Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas, destinado a proteger y conservar espacios marinos representativos de hábitats y ecosistemas bajo los objetivos de política ambiental establecidos en la legislación vigente, junto con las modificatorias introducidas recientemente por la Ley 27.490, sancionada el 12/12/2018[1], que creó las dos primeras áreas integrantes del Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas.
Comentario:
La Ley 27.037, sancionada el 19 de noviembre de 2014, tiene por objeto instituir el Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas, en los espacios marítimos establecidos por la Ley 23.968. Puntualmente, en el mar territorial argentino, que se extiende hasta una distancia de DOCE
Ley 3/2019, de 17 de junio, de los espacios agrarios de Cataluña
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC, núm. 7900, 19 de junio de 2019
Temas Clave: Política Agrícola Común (PAC); Regadíos; Agricultura; Explotaciones agrarias; Catálogo de explotaciones agrarias; Arrendamientos rústicos; Modernización explotaciones agrarias
Resumen:
Ciertamente, uno de los principales valores de los espacios agrarios es la multifuncionalidad y la sostenibilidad. Hacer compatible la producción, la calidad y la seguridad alimentarias; el equilibrio territorial y la preservación del mundo rural y sus habitantes; el mantenimiento del paisaje y el respeto por las condiciones ambientales y la conservación de la biodiversidad, y su contribución a la mitigación del cambio climático.
Por su parte, el Comité Económico y Social Europeo recuerda “la fragilidad en que se encuentran los espacios agrarios periurbanos y la propia agricultura periurbana europea” y propone la necesidad de dar estabilidad al suelo agrario periurbano “mediante instrumentos y mecanismos que garanticen dicha estabilidad, reduciendo al máximo la presión urbanística”. El Comité Económico y Social Europeo en el Dictamen sobre la agricultura periurbana recuerda que, junto con la cultura del agua, “es necesario introducir en la sociedad
Decreto 24/2019, de 7 de junio, sobre actuaciones en materia de regadíos en La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR nº 71, 14 de junio de 2019
Temas Clave: Política Agrícola Común (PAC); Regadíos; Agricultura; Explotaciones agrarias; Catálogo de explotaciones agrarias; Arrendamientos rústicos; Modernización explotaciones agrarias
Resumen:
Según el preámbulo de este Decreto, se considera fundamental llevar a cabo determinadas actuaciones en regadíos para conseguir una importante productividad del sector agrario. Estas actuaciones están orientadas hacia una mejor gestión del riego y una mejora tanto cuantitativa como cualitativa de la producción agraria. Igualmente, desde el poder legislativo se considera que estas actuaciones precisan de fuertes inversiones iniciales por el poder público pues según se manifiesta, los promotores privados difícilmente podrían asumirlas de forma íntegra. En concreto en materia de regadíos colectivos, correspondientes a infraestructuras de uso por una comunidad de regantes. Aunque también es cierto que dichas promociones de regadíos deberían estar sometidas a una auditoría para analizar su sostenibilidad desde un punto de vista ecológico, así como su necesidad desde un punto de vista social y económico.
En cuanto a las competencias en materia de
Decreto 23/2019, de 7 de junio, por el que se declaran como vías verdes la Vía Verde del Cidacos y la Vía Verde de Préjano
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOR, nº 71, de 14 de junio de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Vías pecuarias; Uso público; Vía verde; Itinerario verde; Turismo sostenible; Infraestructura verde
Resumen:
Ya se ha advertido en algún comentario anterior de la creciente demanda del uso recreativo de los espacios naturales en nuestra sociedad, lo que requiere sin duda alguna de una regulación donde se garantice la conservación de los valores naturales de estos espacios por encima de otros usos. Una de las formas más eficaces que tienen los entes públicos para cubrir esta necesidad con un menor impacto en los procesos ecológicos de estos lugares, es el desarrollo de equipamientos de uso público, que además son útiles para fomentar el turismo de naturaleza. Entre estos equipamientos destacan los Itinerarios Verdes, los cuales facilitan el descubrimiento de espacios de gran belleza paisajística a la par que generan nuevas fuentes de desarrollo social y económico. En este sentido, ya en el año 2003 se aprobó
Crónica de una muerte anunciada a los plásticos de un solo uso y otros productos del mismo material: se publica la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo de 05 de junio de 2019 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE L155/1, de 12 de junio de 2019
Temas clave: plásticos; productos de plástico de un solo uso; economía circular
Resumen:
Por fin ha llegado la más que anunciada Directiva de la Unión Europea con la que se pretende reducir el impacto que genera la presencia de cantidades ingentes de plásticos en nuestra salud y medio ambiente, especialmente en el medio acuático. Entra en escena esta norma, pionera una vez más a nivel mundial, en un momento en que la cuestión se encuentra en pleno foco mediático y en el que crece la concienciación sobre la necesidad de atajar ya un problema que, aunque sigue en aumento, ha alcanzado la cota de lo insostenible.
El ámbito de aplicación de esta Directiva es muy concreto: sus disposiciones se aplicarán ante tres tipos de productos de plástico: los
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