Real Decreto 363/2017, de 8 de abril, por el que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 86, de 11 de abril de 2017
Temas Clave: Costas marítimas; Espacios naturales; Recursos marinos; Ordenación del territorio; Planificación
Resumen:
La Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, estableció un marco para la ordenación del espacio marítimo. En esta Directiva se estableció que los Estados miembros deben designar y determinar, dentro de sus aguas marinas, el formato y el contenido de dicha ordenación, incluyendo mecanismos institucionales y, en su caso, cualquier distribución del espacio marítimo entre las distintas actividades y usos respectivamente y, para ello, están obligados a adoptar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias a más tardar el 18 de septiembre de 2016.
Este real decreto se aprueba con el fin de dar cumplimiento a esa obligación y, al mismo tiempo, llevar a cabo la transposición de aquella Directiva en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre,
Real Decreto 199/2017, de 3 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 66, de 18 de marzo de 2017
Temas Clave: Recursos Fitogenéticos; Agricultura; Alimentación; Especies protegidas; Semillas; Sanidad vegetal; Investigación científica; Comités consultivos
Resumen:
El seguimiento y las medidas de cumplimiento de la utilización en el Reino de España de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación contemplados en el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación, se hará conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la Unión.
El presente real decreto desarrolla los artículos 48, 49, 50 y 51 del capítulo III «Programa Nacional de Conservación y
Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 62, de 14 de marzo de 2017
Temas Clave: Biodiversidad; Genética; Ecosistemas; Información; Autorización; Registros administrativos
Resumen:
El examen de esta norma debe conectarse con el Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización, del que España es Parte Contratante desde su ratificación el 3 de junio de 2014. Este Protocolo señala que de conformidad con la legislación nacional, el acceso a los recursos genéticos para su utilización estará sujeto al consentimiento previo informado y al establecimiento de las condiciones mutuamente acordadas. Exige, además, a los usuarios de recursos genéticos, en los países donde se haya regulado su acceso, la obtención de un permiso o autorización que acredite que el acceso a esos recursos se ha producido de conformidad con la legislación nacional del país proveedor.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 57, de 8 de marzo de 2017
Temas Clave: Telecomunicaciones; Dominio público radioeléctrico; Autorización; Antenas; Procedimiento administrativo
Resumen:
La Ley 9/2014, de 9 de mayo General de Telecomunicaciones, dedica su título V a la regulación del espectro radioeléctrico, declarándolo bien de dominio público, cuya titularidad y administración corresponden al Estado.
El espectro radioeléctrico constituye un recurso cada día más estratégico y demandado, que precisa de una regulación que compatibilice un acceso más flexible al mismo por parte de operadores y usuarios en general, con un aprovechamiento efectivo y con máxima eficiencia.
Este real decreto consta de un artículo único que aprueba el reglamento, tres disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias; una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. La disposición adicional primera versa sobre la presentación de documentos por medios electrónicos, la segunda sobre la continuidad de los datos del registro público de concesiones, y la tercera sobre el control del gasto público.
Se estructura en los
Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 42, de 18 de febrero de 2017
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Productos químicos; Certificaciones Reglamentaciones técnicas; Capacitación profesional
Resumen:
La regulación en materia de gases fluorados tiene la finalidad de controlar la contribución de sus emisiones al cambio climático por un lado, dado su potencial de calentamiento atmosférico, y al potencial de agotamiento de la capa de ozono estratosférico por otro, incluyendo en este último caso a hidrocarburos clorados o bromados.
En el ámbito del Derecho comunitario, las dos principales normas actualmente aplicables en esta materia son, por un lado, el Reglamento (UE) 517/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, y, por otro, el Reglamento (CE) nº 1005/2009, del
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