Decreto 321/2021, de 20 de julio, del Consejo Catalán de Cogestión Marítima
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8463, de fecha 22 de julio de 2021
Palabras clave: Pesca marítima. Pesca recreativa. Recursos pesqueros. Actividades marítimas.
Resumen:
El artículo 119 del Estatuto de autonomía de Cataluña (EAC) establece que corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de pesca marítima y recreativa en aguas interiores así como la regulación y la gestión de los recursos pesqueros y la delimitación de espacios protegidos, la competencia exclusiva en materia de actividades marítimas, que incluye la regulación y la gestión del marisqueo y acuicultura y el establecimiento de las condiciones para practicarlos, y la regulación y la gestión de los recursos. Asimismo, el artículo 150 b) EAC reconoce la competencia de la Generalitat en materia de organización de su Administración en relación con el establecimiento de las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa.
La Ley 2/2010, de 18 de
Decreto Ley 17/2021, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas extraordinarias de limitación a la densidad ganadera
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña número 8462, de 21 de julio de 2021
Palabras clave: Ganadería. Densidad ganadera. Sostenibilidad. Contaminación aguas. Nitratos.
Resumen:
La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias, tiene por finalidad reducir la contaminación causada o provocada por los nitratos de origen agrario y actuar preventivamente contra nuevas contaminaciones de esa clase.
La Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, conocida como Directiva marco del agua, tiene como objetivo obtener la buena calidad de las masas de agua.
Una de las obligaciones que la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre, establece para
Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 131, de 8 de julio de 2021.
Palabras clave: Caza. Gestión sostenible. Control poblacional. Desarrollo rural. Conservación del patrimonio natural. Especies cinegéticas. Cazador. Daños. Terrenos cinegéticos. Reservas regionales de caza. Cotos de caza. Declaración responsable Planificación cinegética. Seguimiento poblacional de las especies cinegéticas. Actividad empresarial. Régimen sancionador.
Resumen:
La situación de las poblaciones de las especies cinegéticas es muy diferente a la que existía cuando se dictó la Ley 4/1996, de 12 de julio. Así, las especies ligadas a los territorios forestales, principalmente las de caza mayor, han experimentado en general un notable incremento, mientras que, por el contrario, algunas especies de caza menor asociadas a los hábitats agrícolas han visto cómo sus poblaciones presentan tendencias decrecientes.
Estos cambios están produciendo efectos no deseables, tales como el notable incremento de los daños a la agricultura producidos por algunas especies, como el
Decreto 166/2021, de 6 de julio, de creación y regulación del Foro Multiagente de Transición Social y Agenda 2030 en Euskadi
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco número 149, de fecha 27 de julio de 2021
Palabras clave: Agenda 2030. Desarrollo sostenible. Naciones Unidas.
Resumen:
El 25 de septiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la «Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible». Un Plan de Acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia.
La Agenda plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Posteriormente, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible -Hábitat III- (Quito, octubre de 2016), se aprobó la «Declaración de Quito sobre Ciudades y Asentamientos Humanos Sostenibles para Todos»., en la que se define la Nueva Agenda
Ley 9/2021, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 157, de 2 de julio de 2021
Palabras clave: Parque Nacional. Biodiversidad. Paisaje. Cultura. Hábitats. Especies. Elementos geológicos. Pinsapo. Colirrojo real. Cabra montés. Área de influencia socioeconómica. Gestión. Usos. Participación. Patronato. Sobrevuelo.
Resumen:
La Red de Parques Nacionales de España está integrada por un conjunto de espacios que constituyen una muestra representativa de los principales sistemas naturales españoles. La declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves nace de la voluntad común de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía de otorgar el máximo nivel de protección a un territorio que alberga valores naturales y culturales excepcionales.
Con una superficie de 22.979,76 hectáreas, el nuevo Parque Nacional se incluye íntegramente en la provincia de Málaga, en el extremo occidental de la Cordillera Bética. Su declaración culmina un largo proceso de planificación destinado a garantizar
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