Ley de Cantabria 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOC n. 142, de 22 de julio de 2022
Palabras clave: Ordenación territorial. Usos del suelo. Recursos naturales. Urbanismo. Desarrollo sostenible. Paisaje. Costas. Cambio climático. Movilidad sostenible. Ciudad. Información y participación. Plan Regional de Ordenación Territorial. Plan de Ordenación del Litoral. Suelo urbanizable. Planeamiento urbanístico. Estudios de Detalle Especiales. Áreas de Desarrollo Rural. Plan General de Ordenación Urbana. Planes Especiales de Reforma Interior en suelo urbano. Gestión y Ejecución del Planeamiento. Licencia, declaración responsable y comunicación. Control Ambiental Integrado. Parques eólicos.
Resumen:
La Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, ha constituido desde su aprobación el marco normativo de referencia en la materia, pero son varias las razones que determinan la necesidad de actualizar y modernizar sus contenidos, considerando como opción más acertada la de aprobar un nuevo texto legal completo.
Esta norma consta de 295 artículos, distribuidos en un Título Preliminar y siete Títulos más, nueve Disposiciones Adicionales, ocho
Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, n. 122, de 28 de junio de 2022
Palabras clave: Actividad cinegética. Caza. Biodiversidad. Economía circular.
Resumen:
La presente ley contiene 87 artículos distribuidos en 10 títulos que pretenden ordenar y sistematizar el aprovechamiento cinegético en La Rioja.
El título I se refiere a las especies cinegéticas y especies cazables, a las piezas de caza y a los daños producidos por estas. En este sentido, conviene recordar que la legislación básica del Estado sigue imperando en el ámbito de la responsabilidad civil por ser materia reservada al Estado, por lo que en este aspecto concreto la Comunidad Autónoma no puede ir más allá.
Por su parte, el título II de la norma se refiere a la conservación del hábitat cinegético, que incluye como novedad la necesidad de que los proyectos de infraestructuras y transformación de los hábitats que deban someterse a evaluación ambiental deban incluir en el estudio de impacto un apartado específico que analice y valore
Decreto 78/2022, de 22 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable a los montes protectores declarados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la gestión y del Registro de los Montes Protectores de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, n. 124, de 29 de junio de 2022
Palabras clave: Monte protector. Gestión. Registro de Montes Protectores. Utilidad pública. Interés general.
Resumen:
Tal y como establece el preámbulo de esta norma, la Ley de Conservación de Montes y de Repoblación Forestal, de 24 de junio de 1908 y el Real Decreto, de 8 de octubre de 1909, desarrollaron el concepto del interés general aplicado a la gestión de los bosques y terrenos. Debiendo ser reforestados independientemente de quien fuera su dueño y con la concurrencia de determinadas circunstancias.
Otra norma a tener en cuenta fue el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, al establecer que, además de los montes declarados de utilidad pública, tendrían la consideración de interés general los protectores, entendiéndose por tales aquellos
Decreto 81/2022, de 10 de junio, del Consell, por el que se amplían, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, los municipios designados como zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, número 9366, con fecha de 21 de junio de 2022
Palabras clave: Contaminación. Fertilizantes. Nitratos. Regadíos. Agricultura. Aguas.
Resumen:
La contaminación producida por el abuso de fertilizantes es un problema ambiental de gran consideración. Los Estados miembros de la Comisión Europea, tienen como obligación identificar las aguas afectadas o en riesgo de estar afectadas por contaminación por nitratos de procedencia agraria. Al mismo tiempo, se establecen los criterios para designar las zonas vulnerables, a aquellos territorios cuyas pérdidas de nitrógeno por lixivación y escorrentía dan lugar a la contaminación por nitratos. Una vez identificados, se trata de actuar con técnicas agrícolas adecuadas, con la finalidad de eliminar o minimizar los efectos de los nitratos sobre las aguas.
En este marco, el Consell aprobó el Decreto 13/2000, de 25 de enero, por el
Decreto n. 81/2022, de 8 de junio, sobre Planes de Ordenación Cinegética en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 142 con fecha de 22 de junio de 2022
Palabras clave: Caza. Desarrollo sostenible. Biodiversidad. Fauna.
Resumen:
La actividad cinegética es una competencia asumida por las Comunidades Autonómicas en base al artículo 148 de la Constitución española. Esto abarca tanto la potestad de llevar a cabo la elaboración de normas para su desarrollo en el marco constitucional expuesto.
La Comunidad de la Región de Murcia, a través de la Agencia Regional para el Medio Ambiente y la Naturaleza aprobó unas normas reguladoras sobre los Planes Técnicos de Aprovechamiento Cinegético.
En desarrollo de la Ley 7/2003 de Caza y Pesca Fluvial de la Región, se aprobó el Decreto n.º 197/2021, de 28 de octubre de 2021, sobre planes de ordenación cinegética en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, omitiendo el Anexo IV que es el que establece el modelo de Plan de Ordenación Cinegética.
Se procede,
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