Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 131, de 8 de julio de 2021.
Palabras clave: Caza. Gestión sostenible. Control poblacional. Desarrollo rural. Conservación del patrimonio natural. Especies cinegéticas. Cazador. Daños. Terrenos cinegéticos. Reservas regionales de caza. Cotos de caza. Declaración responsable Planificación cinegética. Seguimiento poblacional de las especies cinegéticas. Actividad empresarial. Régimen sancionador.
Resumen:
La situación de las poblaciones de las especies cinegéticas es muy diferente a la que existía cuando se dictó la Ley 4/1996, de 12 de julio. Así, las especies ligadas a los territorios forestales, principalmente las de caza mayor, han experimentado en general un notable incremento, mientras que, por el contrario, algunas especies de caza menor asociadas a los hábitats agrícolas han visto cómo sus poblaciones presentan tendencias decrecientes.
Estos cambios están produciendo efectos no deseables, tales como el notable incremento de los daños a la agricultura producidos por algunas especies, como el
Decreto 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 51, de 15 de marzo de 2021
Temas Clave: Turismo. Recursos naturales. Agenda 2030. Empresas. Acceso y ejercicio de la actividad.
Resumen:
Castilla y León cuenta con un importante patrimonio natural lo que le hace muy atractiva como destino de turismo de naturaleza. Desde este punto de vista, y teniendo en cuenta el incremento de las actividades que se engloban en el concepto de turismo activo, con la nueva regulación del sector se pretende que la oferta de los servicios sea diversa y de calidad.
Además, la regulación del turismo activo se hace en el marco de la Declaración «Transformar nuestro mundo: La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible» así como en el del Documento de directrices para la Implementación de la Agenda 2030 en Castilla y León, aprobado por Acuerdo de 29 de noviembre de 2018.
El presente decreto tiene por objeto regular las actividades de turismo activo en la
Ley 1/2021, de 22 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 39, de 25 de febrero de 2021
Palabras clave: Fiscalidad ambiental. Impuesto sobre la afección medioambiental. Tasa medioambiental. Etiqueta ecológica. Explotaciones ganaderas. Subvenciones. Energías renovables. Eficiencia energética. Ruido. Alimentación.
Resumen:
Se destacan las modificaciones más relevantes introducidas a través de la presente ley, que de una u otra forman inciden en la materia jurídico-ambiental.
El artículo 1 de la norma recoge las modificaciones del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por el Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre.
Al efecto, se modifica la regulación del impuesto sobre la afección medioambiental en cuanto a su naturaleza y afectación, modificándose el artículo 50.3 del texto refundido para permitir que todos los ingresos de este impuesto propio, cualquiera que sea su concreta procedencia (aprovechamientos del agua embalsada, parques eólicos o instalaciones de transporte de
Ley 4/2020, de 14 de diciembre, de declaración del Parque Natural de “Sabinares del Arlanza-La Yecla” (Burgos)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 262, de 21 de diciembre de 2020
Palabras clave: Parque natural. Red Natura 2000. Especies. Recursos naturales. Sabinas.
Resumen:
«Sabinares del Arlanza La Yecla» (Burgos) fue incorporado a la Red Natura 2000 mediante Decreto 57/2015, de 10 de septiembre, declarándose la ZEC-ES4120091-Sabinares del Arlanza y la ZEPA-ES4120031-Sabinares del Arlanza, ambas incluidas íntegramente en el ámbito territorial del Espacio Natural Sabinares del Arlanza-La Yecla, y la ZEC-ES4120071-Riberas del Río Arlanza y sus afluentes, incluida parcialmente en el mismo.
Además de los valores vinculados al medio biótico, es necesario reseñar sus elementos abióticos como una de las señas de identidad más singulares de este espacio.
En conjunto, el espacio delimitado posee unas características geológicas, geomorfológicas, paleontológicas, vegetales, faunísticas, paisajísticas, culturales, históricas y etnográficas sobresalientes o muy destacadas respecto a su entorno, por lo que es oportuno dotarlo de un marco jurídico propio que
Decreto 5/2020, de 25 de junio, por el que se designan las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 130, de 30 de junio de 2020
Palabras clave: Agricultura. Aguas. Contaminación. Suelos. Programa de actuación. Nitratos. Fertilizantes. Residuos. Estiércoles.
Resumen:
Mediante este decreto se examina el número de zonas vulnerables establecidas por el Decreto 40/2009, de 25 de junio, ampliándolas y redistribuyéndolas en una nueva declaración, ya que nuevas realidades científicas y análisis de la contaminación de las aguas así lo determinan.
Este decreto tiene por objeto designar las zonas vulnerables de la Comunidad de Castilla y León a los efectos previstos en el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y la aprobación del Código de Buenas Prácticas Agrarias de Castilla
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