9 julio 2010

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea

Decisión de la Comisión 2010/309, de 3 de junio de 2010 , por la que se modifica la Decisión 2008/721/CE en lo relativo a las remuneraciones abonadas a los miembros de los Comités científicos y a los expertos en el ámbito de la seguridad de los consumidores, la salud pública y el medio ambiente (DOUE, n° L 138 de 04/06/2010 p. 0024 – 0025)

Autora de la nota: Susana Borrás Pentinat, Profesora colaboradora de Derecho internacional público y relaciones internacionales de la Universitat Rovira i Virgili

Objetivo:

Actualmente, las remuneraciones por la participación en reuniones sólo pueden pagarse a los expertos presentes físicamente en dichas reuniones. Las tecnologías modernas permiten los intercambios de opiniones entre expertos en reuniones virtuales utilizando dispositivos de audio o de vídeo o aplicaciones en línea. El uso de estas herramientas permitiría una mayor participación de expertos en las actividades de los Comités científicos, minimizando al mismo tiempo las consecuencias para el medio ambiente y los costes, y reduciría el tiempo necesario para viajes de los expertos. En caso de participación a distancia por medios electrónicos, el importe de la remuneración debería estar relacionada con la duración de la reunión (asistencia de corta duración, día completo o una mañana o tarde). Por este motivo, es necesario ajustar las normas para el pago de remuneraciones por la participación a miembros, consejeros y expertos externos. El anexo III de la Decisión 2008/721/CE establece los importes de las remuneraciones que deben pagarse a los miembros de los Comités científicos, los consejeros científicos del Grupo y los expertos externos. Así la presente decisión tiene por objeto modificar el artículo 19 y el anexo III de la Decisión 2008/721/CE de la Comisión.

Normas afectadas:

La Decisión 2008/721/CE de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por la que se crea una estructura consultiva de Comités científicos y expertos en el ámbito de la seguridad de los consumidores, la salud pública y el medio ambiente.

Entrada en vigor:

De acuerdo con su artículo 2, esta Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el 5 de junio de 2010.