<\/p>\r\n

Ante esta situaci\u00f3n la Comisi\u00f3n consider\u00f3 que pod\u00eda haberse producido una restricci\u00f3n de la competencia en el mercado de los servicios de clasificaci\u00f3n de buques.\u00a0 Como respuesta a estas dudas de la Comisi\u00f3n la IACS propuso una serie de compromisos que se centran en el establecimiento de criterios objetivos y transparentes de afiliaci\u00f3n, apertura de los grupos de trabajo t\u00e9cnicos a no miembros de la IACS, creaci\u00f3n de un comit\u00e9 independiente de apelaci\u00f3n para la resoluci\u00f3n de conflictos y dar publicidad a las resoluciones y documentos t\u00e9cnicos. Estos compromisos fueron analizados de forma favorable por la Comisi\u00f3n, que estim\u00f3 en su Decisi\u00f3n que ya no exist\u00edan motivos para su intervenci\u00f3n.<\/p>\r\n

Per\u00edodo de vigencia:<\/strong><\/p>\r\n

La Decisi\u00f3n ser\u00e1 vinculante hasta octubre de 2014.<\/p>\r\n

Informes relacionados: <\/strong><\/p>\r\n\r\n

-El Comit\u00e9 consultivo en materia de pr\u00e1cticas restrictivas y de posiciones dominantes emiti\u00f3 un dictamen favorable el 28 de septiembre de 2009. Dictamen del Comit\u00e9 Consultivo en materia de pr\u00e1cticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reuni\u00f3n, de 28 de septiembre de 2009, en relaci\u00f3n con un proyecto de decisi\u00f3n relativa al asunto COMP\/39.416 \u2014 Clasificaci\u00f3n de buques, ponente: Eslovaquia, (DOUE C 2, de 6 de enero de 2010, p\u00e1g. 3).\r\n-Informe final del consejero auditor \u2014 Asunto COMP\/39.416 \u2014 Clasificaci\u00f3n de buques, (DOUE C 2, de 6 de enero de 2010, p\u00e1g. 4).","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Uni\u00f3n Europea","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-union-europea-29","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-08 13:56:37","post_modified_gmt":"2011-06-08 12:56:37","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/www.observatoriodellitoral.es\/actualidad_juridica_ambiental\/?p=3002","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

14 enero 2010

Legislación al día Unión Europea

Legislación al día. Unión Europea

Resumen de la Decisión de la Comisión, de 14 de octubre de 2009, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 del Tratado CE y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/39.416 — Clasificación de buques) [notificada con el número C(2009) 7796 final], (DOUE C 2, de 6 de enero de 2010, págs. 5-6).

Autora de la nota: Remedios Zamora Roselló, Profesora de Derecho administrativo de la Universidad de Málaga.

Resumen:

El 14 de octubre de 2009, la Comisión adoptó una decisión relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 del Tratado CE y con el artículo 53 del Acuerdo EEE. Esta decisión tiene por destinataria a la Internacional Association of Classification Societies y a la Internacional Association of Classification Societies Limited (IACS).

Este procedimiento tuvo su origen en las decisiones de la IACS relativas a: i) los criterios y procedimientos que rigen la pertenencia a la IACS y la suspensión o la retirada de la condición de miembro de la misma, así como la manera de aplicar esos criterios y procedimientos, y ii) la elaboración de las resoluciones y de los correspondientes documentos de información técnica de la IACS y el acceso a esa documentación por parte de las sociedades de clasificación no pertenecientes a la IACS.  A estas decisiones cabe añadir que los miembros de la IACS tenían una posición de fuerza en el mercado y que las sociedades de clasificación que no eran miembros de la IACS podían encontrarse con importantes desventajas desde el punto de vista de la competencia.

Ante esta situación la Comisión consideró que podía haberse producido una restricción de la competencia en el mercado de los servicios de clasificación de buques.  Como respuesta a estas dudas de la Comisión la IACS propuso una serie de compromisos que se centran en el establecimiento de criterios objetivos y transparentes de afiliación, apertura de los grupos de trabajo técnicos a no miembros de la IACS, creación de un comité independiente de apelación para la resolución de conflictos y dar publicidad a las resoluciones y documentos técnicos. Estos compromisos fueron analizados de forma favorable por la Comisión, que estimó en su Decisión que ya no existían motivos para su intervención.

Período de vigencia:

La Decisión será vinculante hasta octubre de 2014.

Informes relacionados:

-El Comité consultivo en materia de prácticas restrictivas y de posiciones dominantes emitió un dictamen favorable el 28 de septiembre de 2009. Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes emitido en su reunión, de 28 de septiembre de 2009, en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto COMP/39.416 — Clasificación de buques, ponente: Eslovaquia, (DOUE C 2, de 6 de enero de 2010, pág. 3).
-Informe final del consejero auditor — Asunto COMP/39.416 — Clasificación de buques, (DOUE C 2, de 6 de enero de 2010, pág. 4).