Ley n.º 36/2025, de 31 de marzo, que establece una moratoria sobre la minería en mar profundo hasta 2050, modificando la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril, y la Ley n.º 98/2021, de 31 de diciembre
Autoras: Paula de Castro Silveira y Amparo Sereno. Profesoras en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL) e investigadoras del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diário da República” (DR) 1.ª serie, Nº 63, de 31 de marzo de 2025
Palabras clave: Minería submarina. Medio marino. Principio de precaución. Ordenación del espacio marítimo. Sostenibilidad ambiental. Recursos marinos.
Resumen: La Ley n.º 36/2025 introduce una moratoria sobre las actividades de minería en los fondos oceánicos dentro del espacio marítimo nacional hasta el 1 de enero de 2050. Esta moratoria, que abarca tanto la prospección como la explotación, se justifica con base en el principio de precaución ante la incertidumbre científica sobre los impactos en los ecosistemas marinos.
La medida implica la modificación de la Ley n.º 17/2014, que regula el ordenamiento y gestión del espacio marítimo nacional, reforzando los principios de sostenibilidad, protección ambiental y responsabilidad intergeneracional. También se modifica la Ley n.º 98/2021, incorporando la previsión de una moratoria internacional sobre la minería en mar profundo como uno de los objetivos estratégicos de la política del mar.
El nuevo marco normativo promueve un uso racional y eficiente de los recursos marinos, priorizando la protección de los valores ecológicos y la preservación del buen estado ambiental del medio marino. Se revocan asimismo ciertas disposiciones de la legislación anterior que podrían permitir el avance de actividades mineras en zonas oceánicas profundas.
Esta medida refuerza el compromiso del Estado portugués con una gestión sostenible del mar y con la protección de los bienes comunes marinos frente a riesgos ecológicos irreversibles.
Entrada en vigor: La presente Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación, el 1 de abril de 2025.
Normas afectadas: Modifica la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril, y la Ley n.º 98/2021, de 31 de diciembre. Revoca parcialmente el artículo 4.º de la Ley n.º 17/2014.