“Decreto-Lei” n.º 22/2024, de 19 de marzo, que prorroga las medidas excepcionales de simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 56, de 19 de marzo de 2024
Palabras clave: Licenciamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental (EIA). Prórroga. “Simplex ambiental”. Energías renovables (ER).
Resumen:
Esta nueva normativa realiza la tercera modificación del “Decreto-Lei” (DL) n.º 30-A/2022, de 18 de abril, alterado por el DL nº 72/2022, de 19 de octubre, y por el DL nº 11/2023, de 10 de febrero, que aprueba medidas excepcionales con la finalidad de garantizar la simplificación de los procedimientos de autorización de producción de energía a partir de fuentes renovables.
Este régimen jurídico, conocido como “Simplex Ambiental”, realizó una reforma de gran calado de una parte importante de la legislación ambiental portuguesa em materia de: evaluación de impacto ambiental (EIA), licenciamiento ambiental, recursos hídricos y residuos, alterando 19 normas y revocando numerosos preceptos (un total de 15) incluidos em diversa normativa – de entre la cual, el Código de Procedimiento Administrativo. El objetivo perseguido por esta reforma fue aprobar medidas para reducir cargas, excluir licencias y simplificar trámites administrativos para las empresas que operan en el sector de las energías renovables (ER). Así, con el fin de mejorar la competitividad del país y atraer la inversión nacional y extranjera, fueron eliminadas algunas de las barreras en el licenciamiento de actividades económicas consideradas excesivas por diversas instituciones internacionales – la Comisión Europea (CE), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el Banco Mundial (BM). En este sentido, se excluyeron autorizaciones y actos administrativos considerados innecesarios y se crearon incentivos para la simplificación de la actividad administrativa. En concreto, fueron aprobaron 30 medidas, las cuales pueden ser divididas en cinco grupos diferentes: primero, las medidas relativas a la agilización del procedimiento de EIA; segundo, las relativas a licenciamiento ambiental; tercero, las relativas a títulos de utilización de recursos hídricos; cuarto, las relativas a residuos, y; quinto, un grupo que podríamos denominar de “medidas transversales” porque aplicables a todos (o casi todos) los sectores ambientales.
El “Simplex Ambiental” tenía carácter transitorio y su vigencia estaba prevista para un período de dos años, a contar de la fecha de su entrada en vigor. Es decir, hasta el 19 de abril de 2024. Sin embargo, los avances logrados en el ámbito de las medidas contenidas en este régimen tuvieron una gran relevancia para alcanzar las metas nacionales y de la UE en materia de reducción de la dependencia de las energías fósiles y la aceleración de la transición energética territorialmente justa. Así, el Consejo de Ministros entendió que había que garantizar la continuación de la implementación de las medidas contenidas en el “Simplex Ambiental” hasta, por lo menos, 2025. En caso contrario, refiere el Preámbulo de la normativa en análisis, sería gravemente perjudicado el interés público, poniendo fin a un conjunto de medidas que han demostrado ser fundamentales para cumplir los objetivos medioambientales asumidos internacionalmente por Portugal. Esto justificó la urgente aprobación de esta prórroga al “Simplex Ambiental” a través del “Decreto-Lei” n.º 22/2024, de 19 de marzo.
Entrada en vigor: 20 de marzo de 2024
Normas afectadas: “Decreto-Lei” (DL) n.º 30-A/2022, de 18 de abril, alterado por el DL nº 72/2022, de 19 de octubre, y DL nº 11/2023, de 10 de febrero, cuyo periodo de vigor es ampliado hasta 31 de diciembre de 2024.