14 abril 2021

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Legislación al día. La Rioja. Contaminación por nitratos

Decreto 22/2021, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 127/2019, de 12 de noviembre, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente:  Boletín Oficial de la Rioja, número 51 de 12 de marzo de 2021

Temas Clave: Contaminación. Nitratos. Agricultura. Zonas vulnerables.

Resumen:

La protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, está regulada en la Directiva 91/676/CE del Consejo, de 12 de diciembre, que se traspuso al ordenamiento jurídico nacional mediante el Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, que tiene por objeto establecer las medidas necesarias para prevenir y corregir la contaminación de las aguas continentales causadas por los nitratos de origen agrario.

La Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de La Rioja, establece en su artículo 9.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Rioja, en el marco de la legislación básica del Estado, las competencias de desarrollo legislativo y ejecución en materia de ‘Protección del medio ambiente, normas adicionales de protección del medio ambiente y del paisaje. Espacios naturales protegidos. Protección de los ecosistemas’.

También la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su artículo 8.uno, apartados 4, 19 y 17, respectivamente, dada la naturaleza transversal u horizontal del título competencial de medio ambiente, atribuye a la Comunidad Autónoma de la Rioja las competencias exclusivas en las materias de ‘ordenación y planificación de la actividad económica, así como el fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional’, así como en ‘agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía’ y en cuanto a la ‘ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran íntegramente por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma’ y en su artículo 9.5 le atribuye la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de  ‘sanidad e higiene’.

En base a ello, se publicó el Decreto 127/2019, de 12 de noviembre, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja, según los artículos 4.2 y 6.4 del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, que dice que las zonas designadas como vulnerables y los programas de actuación deben revisarse, al menos cada cuatro años.

El 3 de julio de 2015, la Comisión Europea puso en marcha una investigación al Reino de España (EU Pilot 7849/15/ENVI) para supervisar la designación de zonas vulnerables a los nitratos y las medidas previstas en los correspondientes Programas de Acción, previstos en la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, que finalizó el 27 de julio de 2018. La Comisión Europea prosiguió las indagaciones en el marco del procedimiento de infracción nº2018/2250, enviando a España una carta de emplazamiento que derivó en el Dictamen Motivado 2018/2250 C (2020) 3783 final, con arreglo al artículo 258, párrafo primero, del TFU, al Reino de España al incumplir las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 3, apartado 4, y artículo 5, apartados 4 (leído en relación con los anexos II y III), 5 y 6, de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991.

En el Dictamen Motivado se señala a la Comunidad Autónoma de La Rioja en el incumplimiento del artículo 3, apartado 4 de la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre, sobre carencias en la designación de zonas vulnerables. La Comisión tomó nota de los esfuerzos realizados y en curso, en relación con el cumplimiento de esta obligación por parte de las autoridades competentes en España sobre la revisión de las zonas vulnerables pero concluyó que la Comunidad Autónoma de La Rioja no ha presentado una propuesta adecuada para designar zonas vulnerables adicionales o ampliar las existentes, como se explica en el anexo II del Dictamen Motivado, y considera que esta Comunidad debe adoptar todas las medidas necesarias para cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 3, apartado 4 de la Directiva, leído en relación con el anexo I de la misma.

Por todo ello, y teniendo en cuenta los requerimientos realizados por la Comisión Europea en el Dictamen Motivado 2018/2250 C (2020) 3783 final, procede la ampliación de las zonas vulnerables declaradas en el Decreto 127/2019, de 12 de noviembre, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Entrada en vigor: El 13 de marzo de 2021

Enlace web: Decreto 22/2021, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 127/2019, de 12 de noviembre, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el programa de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja