6 septiembre 2017

CC.AA. Islas Baleares Legislación al día

Legislación al día. Islas Baleares. Parque Natural Marítimo-Terrestre

Ley 2/2017, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOIB núm. 81, de 4 de julio de 2017

Temas Clave: Parque natural; Biodiversidad; Gestión; Delimitación; Zonas degradadas; Planificación; Itinerarios y aparcamientos de titularidad pública; Actividad salinera

Resumen:

Es Trenc-Salobrar de Campos es uno de los espacios naturales más emblemáticos de las Illes Balears. Constituye uno de los sistemas litorales con mayor valor ecológico de la isla de Mallorca y de toda la costa mediterránea. Este espacio ha sido considerado como IBA, se integra entre los lugares de interés comunitario (LIC) y las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Tras la aprobación del Plan de gestión, mediante el Decreto 14/2015, de 27 de marzo, se convierte en zona de especial conservación (ZEC), mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2015.

La protección de este espacio mediante la figura del Parque Natural es la que ofrece las garantías de protección y de gestión que merece la zona, comprendiendo un ámbito terrestre y marino que, en el caso del ámbito marino, se solapa con la ZEC del archipiélago de Cabrera, avalada por evidencia científica. También se ha estimado conveniente su declaración de parque natural con carácter previo a la aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales debido a las amenazas sobre el estado de conservación del espacio por el incremento y la diversificación de actividades que se han producido en los últimos años y la presión ejercida sobre los hábitats, entre otras causas.

La presente ley consta de diecinueve artículos, estructurados en cinco capítulos, una disposición adicional sobre itinerarios y aparcamientos para la gestión y protección adecuadas del parque natural, seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, una disposición final y tres anexos cartográficos que hacen referencia a la delimitación del parque natural, a la delimitación de las zonas degradadas y a los itinerarios y aparcamientos al servicio del parque.

Especial mención merece el artículo 6, relativo a la restauración ambiental de las zonas degradadas en el ámbito del parque

Entrada en vigor: 24 de julio de 2017

Normas afectadas:

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta ley y, en concreto, las siguientes:

a) La Ley 3/1984, de 31 de mayo, de la declaración de Es Trenc-Salobrar de Campos como área natural de especial interés.

b) El Plan especial de Es Trenc-Salobrar de Campos, aprobado definitivamente por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de junio de 1987.

Documento adjunto: pdf_e