Ley nº 99/2019, de 5 de septiembre de 2019, que realiza la primera alteración del Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT)
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 170 — 5 de septiembre de 2019
Temas Clave: Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT); Planes territoriales; Programas territoriales; Cohesión territorial
Resumen:
Mediante esta ley se introducen alteraciones en el Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT) que se había aprobado mediantes la Ley n.º 58/2007, de 4 de septiembre, con la finalidad de adaptarlo a los nuevos desafíos, como por ejemplo las directrices de la Estrategia de Ciudades Sostenibles 2020 o los compromisos adquiridos con base en el Acuerdo de París sobre el cambio climático.
El PNPOT es el instrumento principal del sistema de gestión territorial, define los objetivos y opciones estratégicas de desarrollo territorial y establece el modelo de organización del territorio nacional. El PNPOT constituye un marco de referencia para os demás programas y planes territoriales y como instrumento orientador de las estrategias con incidencia territorial.
La figura del PNPOT fue creada por la Ley de Bases de la Política de Ordenación del Territorio y de Urbanismo de 1998, con el objetivo de dotar al País de un instrumento necesario para obtener una visión prospectiva, completa e integrada de la organización y desarrollo del territorio y para promover da coordinación y articulación de políticas públicas con base territorial, bien como para la programación de inversiones territoriales a financiar tanto por programas nacionales, como por los de la Unión Europea (UE).
Los elementos fundamentales del PNPOT son: por un lado, el Modelo Territorial que sintetiza los principales sistemas territoriales, y; por otro lado, la Agenda para el Territorio que contempla 50 medidas políticas para dar respuesta y aprovechar positivamente los cambios radicales que el país va a sufrir, así como apoyar las nuevos cambios de rumbo que se pretenden concretizar para alcanzar el desarrollo territorial sostenible.
Entre las medidas más importantes que se pretenden adoptar en relación con la Política de Medio Ambiente con incidencia en el territorio, están: mejorar la gestión del recurso agua en un clima de escasez; valorizar el recurso suelo y evitar el desperdicio del mismo; afirmar la biodiversidad como un activo territorial; valorizar el territorio a través del paisaje; planificar y gestionar de forma integrada los recursos geológicos y mineros; ordenar y revitalizar los bosques; prevenir riesgos y adaptar el territorio al cambio climático; valorizar el Litoral y aumentar su resiliencia, y; promover la rehabilitación urbana, cualificar el ambiente urbano y el espacio público
La nueva fase del PNPOT se ejecutará a través de un nuevo modelo de governanza, basado en un fórum intersectorial que reunirá las principales autoridades con competencias en la aplicación de políticas públicas relevantes para el territorio y que elaborará el primer informe sobre el estado de la ordenación del territorio a fin de establecer la situación de referencia y los indicadores de dinámica que servirán de base para el seguimiento de la implementación del Programa.
El nuevo PNPOT, que ahora entra en vigor, resulta de un proceso abierto y participado de discusión en torno a los problemas y las oportunidades de desarrollo de los diversos territorios, bien como los desafíos que se vislumbran para la ordenación del territorio nacional, creando condiciones para la valorización de los recursos naturales y patrimoniales, sociales. Económicos y culturales e asociados a la identidad de cada región.
Por último, de referir que el control y evaluación del nuevo PNPOT será realizado mediante la creación de sistema de indicadores y la elaboración del previamente referido informe sobre el estado de la ordenación del territorio. La Dirección General del Territorio instituirá el Observatorio de la Ordenación del Territorio y Urbanismo y reunirá en el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) la información geográfica relativa a los instrumentos de gestión del territorio, contribuyendo para reforzar la eficacia del sistema de planificación territorial y, en particular, la ejecución del PNPOT.
Entrada en vigor: 6 de septiembre de 2019.
Normas afectadas: fue revocada la Ley n.º 58/2007, de 4 de septiembre