Decreto 62/2022, de 2 de junio, sobre laboratorios de ensayo de la calidad agroalimentaria de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Extremadura número 108 de fecha 7 de junio de 2022
Palabras clave: Agricultura. Alimentación.
Resumen:
Este decreto nace con la finalidad de establecer un marco regulador sobre los laboratorios de ensayo de la calidad agroalimentaria tal y como establece el capítulo III del título III de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de la aplicación de las normas dictadas por la Unión Europea y de las dictadas por el Estado en el ejercicio de sus competencias, tanto con relación a la evaluación de la conformidad de calidad comercial como de la evaluación de la calidad diferenciada.
Siguiendo la tendencia establecida en numerosas actividades, se pretende establecer un marco regulatorio simplificado para conseguir el ejercicio adecuado para verificar las funciones de los laboratorios en la calidad agroalimentaria, así como el ejercicio de potestades administrativas de control sobre los mismos por parte de los órganos competentes de la Administración autonómica.
Entrada en vigor: El 8 de junio de 2022.
Normas derogadas: Se deroga formalmente el Decreto 3/2002, de 15 de enero, por el que se regula la autorización y el Registro de Laboratorios Agroalimentarios en Extremadura.
Enlace web: Decreto 62/2022, de 2 de junio, sobre laboratorios de ensayo de la calidad agroalimentaria de Extremadura