20 febrero 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Contaminación marítima

Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina. (BOE núm. 13, de 15 de enero 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Contaminación de las aguas; Costas marítimas; Protección civil

Resumen:

A través del Real Decreto 253/2004, de 13 de febrero por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario así como del Plan Nacional de contingencias por contaminación marina accidental, se han regulado los sucesos de contaminación marina que tuvieran por causa el vertido de hidrocarburos, pero no se habían regulado los supuestos en que la causa de contaminación hubiera venido dada por otras sustancias distintas de los hidrocarburos.

A través de este Real Decreto se pretende cubrir aquel vacío legal mediante la aprobación del Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina (SNRCM), que figura como adjunto a esta norma de un solo artículo y cuyo ámbito de aplicación se extiende a todos aquellos casos de contaminación marina accidental o deliberada, cualquiera que fuera su origen o naturaleza, que afecte o pueda afectar tanto a las aguas marítimas sobre las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, como a las costas españolas. Este nuevo marco normativo también complementa los instrumentos de planificación y salvaguarda derivados del mandato de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del Medio Marino y del establecimiento de las estrategias marinas que dicha ley regula.

El único artículo se acompaña de cinco disposiciones adicionales relativas al plazo para la elaboración de los planes, la colaboración entre Administraciones públicas, la facultad del Ministro de Fomento para fijar la zona de “mar adentro”, la referencia a los planes interiores marítimos de instalaciones que manejan en el ámbito marítimo y portuario sustancias a granel, nocivas y potencialmente peligrosas, distintas a los hidrocarburos  y las implicaciones en el ámbito de la planificación de protección civil de sucesos de contaminación costera. En la única disposición transitoria se determina la vigencia de los planes existentes.

El SNRCM consta de catorce artículos a través de los cuales se establece un marco general de actuación integrado por planes de contingencias de distinto rango con la finalidad de definir líneas generales de actuación, pautas para la activación  de los planes, establecimiento de fórmulas de coordinación y un protocolo de actuación, así como la necesidad de adecuar la coordinación y colaboración entre todas las Administraciones públicas y entidades públicas y privadas.

El artículo 2 nos proporciona las definiciones esenciales y necesarias para la aplicación del Sistema, que a su vez se estructura en el subsistema marítimo y el subsistema costero, los cuales abarcan varios planes de contingencias. Su elaboración y aprobación se regula en el artículo 4 y, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional, se establece un contenido mínimo acorde con una terminología e indicadores homogéneos. En el artículo 6 se regula la estructura orgánica de respuesta de un plan de contingencias y en el siguiente las circunstancias que deben concurrir para activar el plan correspondiente. Para asegurar una respuesta adecuada y eficaz se establecen protocolos de comunicación de activación de planes y la forma de coordinación entre las autoridades designadas así como la coordinación entre planes del subsistema marítimo y del subsistema costero, cuando está activado el Plan Marítimo Nacional. Por último, en los artículos 13 y 14 se refleja el caso de que concurra alguna de las circunstancias que definen una emergencia de situación 3.

Entrada en vigor: 16 de enero de 2013

Normas afectadas:

Se deroga el Real Decreto 253/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen medidas de prevención y lucha contra la contaminación en las operaciones de carga, descarga y manipulación de hidrocarburos en el ámbito marítimo y portuario. Se deroga en la medida y con el alcance establecido en la disposición transitoria única de este real decreto.

Documento adjunto: pdf_e