Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 212, de 6 de agosto de 2020
Palabras clave: Eficiencia energética. Edificación. Ayudas. Comunidades autónomas. IDAE.
Resumen:
El parque de edificios existentes consume en torno al 30% de la energía final, por lo que la rehabilitación energética del mismo figura como medida prioritaria en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, en el que se ha fijado como objetivo rehabilitar energéticamente 1.200.000 viviendas en 2030. Este objetivo, asimismo, ha sido recogido en la estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España.
En este contexto, se propone este programa de ayudas para realizar actuaciones de rehabilitación energética en los edificios existentes. De esta forma se contribuye a cumplir el objetivo de ahorro energético fijado en el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética y también a poner en práctica la estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la renovación exhaustiva y rentable de los edificios residenciales y comerciales. De hecho, las ayudas reguladas por este real decreto tienen carácter singular.
El presupuesto de este programa proviene del Fondo Nacional de Eficiencia Energética y fue aprobado en el Comité de Seguimiento y Control del Fondo Nacional de Eficiencia Energética en su sesión de 28 de octubre de 2019.
La concesión de las ayudas establecidas por este real decreto permite a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias no sólo destinar los créditos correspondientes a los destinatarios últimos previstos en el mismo, según lo que se determine en sus respectivas convocatorias, sino también que sean éstas quienes ejecuten las propias actividades objeto de las ayudas, a través de las inversiones directas que pudieran efectuar con cargo a tales créditos.
La coordinación y el seguimiento de este programa serán realizados por el IDAE a través de la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética.
Cuando el tipo de actuaciones así lo permita, las ayudas serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020.
Este programa, considerado globalmente, contribuirá activamente a la sostenibilidad ambiental mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono (CO2), la cohesión social, el reto demográfico y a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos en los espacios urbanos.
La tipología de actuaciones a las que van dirigidas estas ayudas no permiten su comparación entre sí, pero contribuyen a progresar en los objetivos perseguidos de mejora medioambiental, disminución de emisiones de CO2 y eficiencia energética. El procedimiento de adjudicación de las ayudas será mediante concesión directa, dado que, de acuerdo con el artículo 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concurren razones de interés social y económico que justifican la dificultad de su convocatoria pública en concurrencia competitiva.
Este programa de ayudas estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de julio de 2021.
Entrada en vigor: 7 de agosto de 2020.