20 enero 2021

España Legislación al día

Legislación al día. España. Asignación de derechos de emisión

Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030

Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOE núm. 322, de 10 de diciembre

Palabras clave: Derechos de emisión. Asignación gratuita. Ajustes. Documentación. Información. Devolución de derechos de emisión. Oficina Española de Cambio Climático.

Resumen:

La presente norma recoge los aspectos introducidos por la Directiva (UE) 2018/410, de 14 de marzo de 2018, y su normativa de desarrollo, relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión durante el nuevo periodo 2021-2030. De esta forma, este real decreto transpone las referencias a las variaciones en la actividad que justifican el ajuste inicial de la asignación que introduce el artículo 1, apartado 14, letras m) y n) de la directiva, y completa la regulación que desarrolla el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842, de 31 de octubre de 2019, en materia de ajustes.

Asimismo, transpone la obligación de cumplir con los requisitos documentales para poder conceder asignación gratuita, prevista en el artículo 1, apartado 17, en su último inciso, de la mencionada directiva. Igualmente, regula otras cuestiones derivadas del ajuste de la asignación, como la devolución de derechos gratuitos en caso de haberse producido un exceso en la asignación y la suspensión de la transferencia de derechos gratuitos en determinados supuestos.

El artículo segundo se refiere a la forma de interpretar los términos y conceptos que se incluyen en este Real decreto, coincidente con la establecida en la Ley 1/2005, 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

En el artículo tercero se concreta su ámbito de aplicación.

El capítulo II desarrolla las obligaciones de información relacionadas con la aplicación de ajustes en la asignación gratuita, que son novedosas en la fase IV del régimen de comercio de derechos de emisión.

El capítulo III regula el procedimiento para ajustar la asignación gratuita de derechos de emisión como consecuencia de cambios en los niveles de actividad. Se recogen también otros supuestos que dan lugar al ajuste de la asignación para nuevos entrantes y nuevas subinstalaciones tanto en instalaciones existentes como en nuevos entrantes, y los casos en los que se produce un cese de la actividad. Se mencionan los casos de fusiones y escisiones de las instalaciones con incidencia en la asignación de los que debe conocer también la Oficina Española de Cambio Climático. Contiene, igualmente, una previsión para aquellas instalaciones excluidas del RCDE UE que se reintroduzcan en el mismo y hubieran solicitado asignación gratuita.

Finalmente, en este capítulo se articula el procedimiento de devolución de derechos de emisión para los casos en que se haya producido un exceso en la transferencia de derechos gratuitos asignados a la instalación. De este modo se habilita a la Oficina Española de Cambio Climático a proceder, previo apercibimiento, a la ejecución de oficio de la resolución del procedimiento de devolución una vez transcurrido el plazo sin que se haya hecho efectiva la misma.

En el capítulo IV se contienen los aspectos relacionados con la expedición de derechos gratuitos de emisión como consecuencia de los cambios en los niveles de actividad. Finalmente, en el capítulo V, dedicado a los nuevos entrantes, se incluyen disposiciones específicas para regular la solicitud de asignación gratuita.

Por último, la disposición adicional única habilita a la Oficina Española de Cambio Climático para solicitar información a las instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión que no reciben asignación gratuita, pero cuya configuración o actividad pueda tener incidencia en la asignación de otras instalaciones con las que mantienen algún tipo de conexión técnica.

La disposición transitoria establece que el Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación de derechos de emisión en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, continuará siendo de aplicación, y mantendrá sus efectos, en todos los aspectos objeto de regulación por el mismo que afecten al periodo de comercio 2013-2020.

Entrada en vigor: 11 de diciembre de 2020

Normas afectadas:

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto y, sin perjuicio de lo que se establece en la disposición transitoria única a la que nos hemos referido anteriormente.

Enlace web: Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.