Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de cooperación y desarrollo sostenible
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8191, de 15 de diciembre de 2017
Temas clave: Cooperación al desarrollo; Desarrollo sostenible; Organizaciones no gubernamentales (ONG)
Resumen:
El objeto de esta norma trasciende de la materia jurídico-ambiental, en cuanto a que establece el régimen jurídico al cual ha de ajustarse la actividad de la administración autonómica valenciana en materia de cooperación internacional al desarrollo. Sin embargo, su interés a nuestros efectos radica en que tal actividad debe acomodarse también a lo dispuesto en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Cabe recordar que esta Agenda, que se aprobó por la Asamblea General de la ONU el 25 de septiembre de 2015, recoge un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. De esta manera, se reconoce que el mayor desafío del mundo actual es la erradicación de la pobreza y, sin lograrla, no puede haber desarrollo sostenible. Para ello, esta agenda plantea 17 Objetivos con 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Por todo ello, artículo 1.3 de la esta Ley 18/2017, se indica que «las actuaciones y recursos que, en el ejercicio de sus competencias, destine la Generalitat en materia de cooperación internacional al desarrollo se situarán en el marco de la contribución al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobados por Naciones Unidas, sin perjuicio de lo establecido en la legislación estatal en materia de cooperación internacional al desarrollo».
De esta manera, la consecución de los objetivos marcados en la precitada Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, impregnan toda la política de la Generalitat Valenciana en materia de cooperación internacional al desarrollo, como por ejemplo el eje recogido en la Agenda concerniente al “Planeta”, que engloba a aquellas acciones «llevadas a cabo con la finalidad de proteger el planeta contra la degradación, incluso mediante el consumo y la producción sostenibles, la gestión sostenible de sus recursos naturales y medidas urgentes para hacer frente al cambio climático, de manera que pueda satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras» -artículo 2-.
Al margen, hay que destacar que la política de la cooperación internacional al desarrollo se efectúa a través de un Plan Director -artículo 4- y otros instrumentos que lo desarrollan -artículo 5-. Además, se recoge la organización administrativa de los órganos con competencias en la materia -artículos 9 y siguientes-, y de los agentes no públicos participantes (ONG´s, cooperantes profesionales, etc.) -artículos 21 y siguientes-.
Queda por último referir que en los artículos 18 y siguientes de esta Ley se regulan los recursos económicos y la financiación que debe destinarse a la cooperación al desarrollo, incluyendo también, en la disposición adicional primera, el compromiso presupuestario de destinar un 0,7 del presupuesto total consolidado a políticas vinculadas a la cooperación internacional para el desarrollo, sólo que este compromiso se supedita a «las disponibilidades reales de hacienda de la Generalitat, al cumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y a los escenarios presupuestarios plurianuales».
Entrada en vigor: 16 de diciembre de 2017
Normas afectadas: Se derogan las siguientes normas:
a) La Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de cooperación al desarrollo de la Comunitat Valenciana.
b) La Ley 11/2010, 16 de julio, de la Generalitat, reguladora del Estatuto de las personas cooperantes valencianas.
c) El Decreto 18/2009, de 23 de enero, del Consell, por el que se regula la Comisión Interterritorial de Cooperación al Desarrollo.
d) El Decreto 231/2007, de 30 de noviembre, del Consell, por el que regula la Comisión Interdepartamental de Cooperación al Desarrollo.
e) El Decreto 10/2011, de 4 de febrero, del Consell, por el que se regula el Registro Autonómico de las Personas Cooperantes Valencianas.