Orden 30/2010, de 3 de agosto de 2010 de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d´Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 6337, de 20 de agosto)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La experiencia adquirida durante los años de funcionamiento del Comité d´Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana creado por la Orden de 13 de junio de 1994, junto con la necesidad de adaptar su estructura y funciones a lo que establece la normativa comunitaria UNE-EN 45011 (o norma que la sustituya), relativa a los requisitos que deben reunir las entidades de certificación de producto, han puesto de manifiesto la necesidad de revisar la configuración del citado Comité, y de adecuar a la normativa comunitaria sobre esta materia, a las condiciones de producción ecológica de la Comunidad Valenciana.
El nuevo Reglamento d´Agricultura Ecològica supone un paso adelante, ya que además de recoger los cambios en sus funciones y estructura incorporados por la Ley 10/2006, de 26 de diciembre (que convierte al Comité en una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar), el Decreto 222/2007, de 9 de noviembre (que surge con el fin de adaptar el marco regulador para que los organismos de certificación de productos puedan cumplir la obligación comunitaria de actuar y acreditarse de conformidad con la Norma Europea UNE EN 45011), y el Decreto 46/2010, de 12 de marzo (que justifica que se proceda a la elaboración de un nuevo Reglamento), sirve también para revisar todos aquellos otros aspectos que, de acuerdo con la experiencia alcanzada en la etapa anterior, permitirán la aplicación del sistema de control y la agilidad del funcionamiento del Comité.
Este nuevo Reglamento, recoge las novedades normativas en materia de producción ecológica, una nueva estructura corporativa y una nueva definición de las funciones jurídico-públicas legalmente asignadas al Comité d´Agricultura Ecològica, con la idea de ofrecerle al operador ecológico un marco legal claro y diáfano al que sujetar su actividad productiva.
Además, como novedad, al Comité, a la vista de la experiencia demostrada y de los resultados obtenidos, se le confía el control y la certificación de la producción ecológica, atendiendo a la necesidad de la normativa comunitaria de indicar quién se constituye en Autoridad de Control reconocida por la Comunidad Europea.
El Reglamento, aplicable a los productos ecológicos protegidos por la normativa europea vigente, que hayan sido obtenidos mediante métodos ecológicos de producción, y se comercialicen o vayan a comercializarse como ecológicos, se estructura el 5 Capítulos.
El Capítulo I, es el relativo al ámbito de aplicación y protección del Reglamento. El Capítulo II por su parte, regula los tipos de registros y las personas físicas o jurídicas inscribibles en cada uno de ellos. El Capítulo III recoge los derechos y obligaciones de las personas físicas o jurídicas que estén inscritas en los diferentes tipos de registros. El Capítulo IV es el dedicado a la regulación a las funciones, estructura y funcionamiento del Comité d´Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana. Y finalmente, el Capítulo V que constituye un órgano de control y certificación para el control y certificación de los productos ecológicos certificados por el propio Comité.
Entrada en vigor:
21 de agosto de 2010
Normas afectadas:
Se deroga la Orden de 13 de junio de 1994, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Reglamento sobre Producción Agrícola Ecológica, y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, y se crea el Comité d´Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana