refundido de la Ley de aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1\/2001, de 20 de julio, y el art\u00edculo 19 del Texto refundido de la legislaci\u00f3n en materia de aguas de Catalu\u00f1a, aprobado por el Decreto Legislativo 3\/2003, de 4 de noviembre.<\/p>\r\n

Su \u00e1mbito territorial est\u00e1 constituido por las cuencas hidrogr\u00e1ficas internas de Catalu\u00f1a y por las aguas subterr\u00e1neas y costeras asociadas. En cuanto a su contenido, es el que establecen los art\u00edculos 42 del Texto refundido de la Ley de aguas, el art\u00edculo 13 del Reglamento de la planificaci\u00f3n hidrol\u00f3gica, aprobado por el Decreto 380\/2006, de 10 de octubre, y el art\u00edculo 4 del Reglamento de la planificaci\u00f3n hidrol\u00f3gica, aprobado por el Real Decreto 907\/2007, de 6 de julio. Para ello, se estructura en diez cap\u00edtulos (disposiciones generales; \u00e1mbito territorial y masas de agua; zonas protegidas; objetivos ambientales; caudales de mantenimiento; usos del agua y dotaciones; balance, asignaci\u00f3n y reserva de recursos; protecci\u00f3n y gesti\u00f3n del medio; estructuras organizativas de gesti\u00f3n; y r\u00e9gimen econ\u00f3mico-financiero).<\/p>\r\n

Normas afectadas: <\/strong>se deja sin aplicaci\u00f3n en Catalu\u00f1a el Plan hidrol\u00f3gico de las cuencas internas de Catalu\u00f1a, aprobado mediante el Real Decreto 1664\/1998, de 24 de julio, por el cual se aprueban los planes hidrol\u00f3gicos de cuenca. Tambi\u00e9n se a\u00f1ade un nuevo p\u00e1rrafo al apartado 2 del art\u00edculo 2 del Decreto 31\/2009, de 24 de febrero, mediante el cual se delimita el \u00e1mbito territorial del distrito de cuenca hidrogr\u00e1fica o fluvial de Catalu\u00f1a y se modifica el Reglamento de la planificaci\u00f3n hidrol\u00f3gica, aprobado por el Decreto 380\/2006, de 10 de octubre.<\/p>\r\n\r\n <\/strong>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Catalu\u00f1a","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-cataluna-28","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2011-06-03 11:18:43","post_modified_gmt":"2011-06-03 10:18:43","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/www.observatoriodellitoral.es\/actualidad_juridica_ambiental\/?p=4355","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->

27 diciembre 2010

Cataluña Legislación al día

Legislación al día. Cataluña

Decreto 188/2010, de 23 de noviembre, de aprobación del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (DOGC núm. 5764, de 26 de noviembre de 2010)

Autora: Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona

Resumen: este Decreto aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña, dando cumplimiento así a las previsiones de la Directiva marco de aguas y convirtiéndose Cataluña en la primera comunidad autónoma en aprobar un plan hidrológico adaptado a las nuevas exigencias comunitarias.

Este Plan, articulado con arreglo a los principios de la Directiva marco de aguas, es el nuevo instrumento de planificación hidrológica para el período 2010-2015 en el ámbito territorial de competencia de la Generalitat de Cataluña. Este Plan establece las acciones y las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la planificación hidrológica del distrito de cuenca fluvial de Cataluña y concreta para las diversas masas de agua los objetivos ambientales definidos por el artículo 92 bis del Texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y el artículo 19 del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre.

Su ámbito territorial está constituido por las cuencas hidrográficas internas de Cataluña y por las aguas subterráneas y costeras asociadas. En cuanto a su contenido, es el que establecen los artículos 42 del Texto refundido de la Ley de aguas, el artículo 13 del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006, de 10 de octubre, y el artículo 4 del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio. Para ello, se estructura en diez capítulos (disposiciones generales; ámbito territorial y masas de agua; zonas protegidas; objetivos ambientales; caudales de mantenimiento; usos del agua y dotaciones; balance, asignación y reserva de recursos; protección y gestión del medio; estructuras organizativas de gestión; y régimen económico-financiero).

Normas afectadas: se deja sin aplicación en Cataluña el Plan hidrológico de las cuencas internas de Cataluña, aprobado mediante el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el cual se aprueban los planes hidrológicos de cuenca. También se añade un nuevo párrafo al apartado 2 del artículo 2 del Decreto 31/2009, de 24 de febrero, mediante el cual se delimita el ámbito territorial del distrito de cuenca hidrográfica o fluvial de Cataluña y se modifica el Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006, de 10 de octubre.