Ley 6/2013, de 14 de noviembre, por la que se derogan parcialmente la Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha y totalmente la Ley 11/1999, de 26 de mayo, por la que se crea la Indicación Geográfica de Vinos de la Tierra de Castilla. (DOCM núm. 226, de 21 de noviembre de 2013)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Agricultura; Sector vinícola; Organización Común de Mercado; Indicación geográfica
Resumen:
Hemos seleccionado esta norma en aras a conocer la adecuación del contenido de la Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-la Mancha al elenco normativo vigente en esta materia, representado esencialmente por la normativa comunitaria dictada partir de 2007, cuya relación se expone en esta Ley. A través de este acervo normativo, se ha cambiado completamente el esquema de la Organización Común de Mercado, cuya modificación más importante ha sido la sustitución de los mecanismos de mercado por unas medidas de apoyo al sector a ejecutar por los Estados miembros con fondos comunitarios asignados a cada uno. Paralelamente destacan las medidas sobre reestructuración y reconversión de viñedos, la medida de la “cosecha verde”, el sistema de apoyo a los agricultores mediante el “seguro de cosecha” y la obligatoriedad de la eliminación de todos los subproductos de la vinificación.
Además de esta normativa comunitaria existe una normativa básica estatal, que se especifica en la presente Ley, y otra autonómica, dictadas con posterioridad a la Ley 8/2003; por lo que se ha considerado necesario llevar a cabo una reestructuración jurídica de este sector con la finalidad de su adaptación a la normativa vigente.
Al efecto, la ley se estructura en un artículo único que tiene dos puntos: uno que contiene los títulos y la disposición de la Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha que se derogan y otro relativo a la derogación de la Ley 11/1999, de 26 de mayo; una disposición adicional única relativa a los embotelladores y envasadores de vinos de Castilla-La Mancha; tres disposiciones finales: la primera referida al régimen sancionador, la segunda que contiene una tabla de vigencia de normas reglamentarias autonómicas y la tercera relativa a la entrada en vigor de la ley.
Entrada en vigor: 11 de diciembre de 2013
Normas afectadas:
Se deroga de la Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha el título preliminar, los títulos I, II, IV, V, VI y VII, la disposición adicional segunda.
Se deroga la Ley 11/1999, de 26 de mayo, por la que se crea la Indicación Geográfica de Vinos de la Tierra de Castilla.
Las normas que a continuación se relacionan siguen vigentes, sin perjuicio de la necesidad de su modificación o derogación para adaptarlas, cuando resulte preciso, a la normativa europea o estatal básica así como al desarrollo de las competencias autonómicas en materia vitivinícola.
– Decreto 127/2000, de 1 de agosto, por el que se establecen las condiciones del reconocimiento de las denominaciones de origen de los vinos de calidad reconocida producidos en pagos vitícolas determinados.
– Decreto 231/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de la Vid y el Vino de Castilla-La Mancha.
– Decreto 24/2006, de 7 de marzo, regulador de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
– Decreto 12/2013, de 13 de marzo, por el que se regula la Reserva Regional de Derechos de Plantación de Viñedo en Castilla-La Mancha.
– Orden de 26 de enero de 2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores del sector vitivinícola.
– Orden de 9 de octubre de 2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación para la autorización, certificación y control de los vinos sin denominación de origen protegida ni indicación geográfica protegida que hagan mención en el etiquetado al año de cosecha y/o al nombre de una o más variedades de uva de vinificación.
– Orden de 19 de enero de 2010, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se establece el régimen general de control de los vinos con denominación de origen protegida y de la certificación de la denominación de origen de los mismos.
– Orden de 7 de abril de 2010, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación para la declaración de los operadores, certificación y control de los vinos con indicación geográfica protegida Vinos de la Tierra y del certificado de indicación geográfica protegida en los documentos que acompañan el transporte de los mismos.
– Orden de 13 de julio de 2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.
– Orden de 20 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula la presentación de solicitudes y declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola de Castilla-La Mancha.
– Orden de 20 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el potencial vitícola de Castilla- La Mancha.
– Orden de 13 de marzo de 2013, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula la concesión de derechos de plantación de viñedos procedentes de la Reserva Regional para la campaña 2012/2013.
– Órdenes por las que se establecen los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas.