Autora de la nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; energías renovables; planes de ordenación.
Resumen:
Siguiendo la línea de las políticas de desarrollo sostenible y mejor aprovechamiento de las energías renovables no contaminantes, se plantea el establecimiento en la isla de Gran Canaria de dos sistemas de aprovechamiento hidroeléctrico de bombeo reversible entre las presas de Chira-Soria y Cueva de las Niñas-Soria. Sin embargo, este propósito se encuentra imposibilitado dado que no se encuentra expresamente previsto en la planificación insular, autonómica y municipal el desarrollo de estas complejas infraestructuras energéticas. Por lo que se hace preciso, mediante este Decreto, el establecimiento de normas sustantivas de ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las que se suspenden, cuales son las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana y de las Normas Subsidiarias de Mogán; considerando acreditada la concurrencia de razones de interés público, de carácter supralocal, que justifican la adopción de esta medida de carácter excepcional.
Así, en las normas sustitutorias del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, se incluyen junto a los complejos autorizables, aquellos actos de ejecución vinculados a los mismos, a fin de poder implantar las instalaciones, edificaciones y demás actos complementarios para posibilitar el establecimiento de los aprovechamientos hidroeléctricos.De semejante modo, en las normas sustitutorias del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana, se establece expresamente a fin de posibilitar la ejecución de las actuaciones propuestas, que se permite, excepcionalmente, la implantación de las instalaciones necesarias para el aprovechamiento hidroeléctrico entre las presas de Chira y Soria, entre otras previsiones. Finalmente, en las normas sustitutorias de las normas subsidiarias de Mogán, se fija como usos compatibles, en todas las zonas las infraestructuras de transporte de energía eléctrica de alta tensión asociadas a complejos de aprovechamiento hidroeléctrico, así como las obras, construcciones e instalaciones declaradas de utilidad pública o interés social por el órgano competente, o por aplicación de la normativa específica.
Normativa afectada:
Se suspende la vigencia de las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana y de las Normas Subsidiarias de Mogán.
Entrada en vigor:
A fecha de 6 de mayo de 2010.