Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 16 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 2659/2019- ECLI: ES:TSJ GAL:2019:2659
Temas Clave: Instrumentos de planificación; Urbanismo
Resumen:
Una sociedad impugna el Plan General de Ordenación de Caldas de Reis (PGOM), aprobado mediante Orden de 22 de diciembre de 2016, de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. La recurrente dice ostentar el derecho al aprovechamiento de aguas minero-medicinales en virtud de una Resolución de la Consellería de Industria y Comercio, de 9 de diciembre de 1997, transmitido por otra sociedad absorbida por la actora. El aprovechamiento se circunscribe a las instalaciones del Balneario de Acuña, sito en unas fincas colindantes vinculadas ob rem, lo que impide su división, donde se encuentran los edificios y una piscina.
Alega que con la aprobación del PGOM se proyecta un vial que divide la finca en dos parcelas incluidas en dos sectores distintos, el primero de uso “hotelero-terciario” y el segundo de uso “residencial”. A su
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Daniel Sanz Heredero)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 2363/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:2363
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Emisiones; Tráfico; Madrid; Administración local; Transporte público; Decretos; Publicidad; Sanciones; Inseguridad jurídica; Consorcio Regional de Transportes Públicos de Madrid
Resumen:
Examina la Sala el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “DEVUELTA ASISTENCIA LEGAL, S.L.” contra el Acuerdo de 21 de enero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba definitivamente el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación de dióxido de nitrógeno (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 7.583, de 25 de enero de 2016)
La mercantil interesa la anulación del Acuerdo en lo referente a las medidas de restricción del tráfico y a las referidas a la promoción del transporte público.
Respecto a las primeras, la recurrente considera que el Protocolo vulnera el artículo 88 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid, en cuanto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de marzo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Ramón Chulvi Montaner)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 2212/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:2212
Temas Clave: Contaminación atmosférica; Emisiones; Dióxido de nitrógeno Tráfico; Madrid; Decretos; Información; Comunicación; Publicidad; Medidas de restricción
Resumen:
En este supuesto concreto, el Tribunal Superior se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “DEVUELTA ASISTENCIA LEGAL, S.L.” contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 27 de Madrid, que a su vez desestimó íntegramente su pretensión. El recurso trae causa del Decreto 576/2015, de 11 de noviembre, de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se adoptan las medidas de restricción del tráfico previstas en el protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid. En esta norma se establecen los requisitos y determinaciones de las limitaciones a la circulación previstas en el escenario 1.
En realidad, se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 16 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso Murcia. Sección 2. Ponente: Ascensión Martín Sánchez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1120/2019 – ECLI: ES: TSJMU: 2019:1120
Temas Clave: Aguas; Precario; Confederación hidrográfica; Cesión de derechos; Emergencia social; Concesión administrativa
Resumen:
Se interpone por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) de 10 de abril de 2018 que aprueba el contrato de cesión de volumen máximo anual de 998.794 m3 de agua recogida en el expediente NUM018 suscrito entre Agrupación Agrícola Perichan S.L., Tm de Hellín-Albacete y otros, como cedentes y la Toma Delegada Zona 3 Hermanos Martinez, en calidad de cesionarios -TM de Orihuela, conforme a la petición formulada el día 25 enero de 2018, para el año hidrológico NUM019. Recurso finalmente desestimado por la Sala.
En concreto, la cuestión que se trata de determinar es si dicha resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura es o no conforme a derecho.
Los fundamentos jurídicos empleados por la Junta de Comunidades
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 13 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eulalia Martínez López)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1192/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019: 1192
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Declaración de impacto ambiental (DIA)
Resumen:
A 18 de mayo de 2016, el Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Obras y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Almansa, emite una resolución ordenando la clausura temporal de la actividad de planta de secado térmico y compostaje de abonos orgánicos, titularidad de la sociedad recurrente.
En la sentencia de instancia, de 7 de abril de 2017, se cuestionaba la competencia municipal para la clausura temporal de la actividad realizada en la instalación. De una parte, el juzgador determinó que la licencia de apertura de establecimiento queda sujeta a control municipal, y refuerza su argumento remitiéndose a los artículos 2, 6 y 34 del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), vigente cuando se
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