Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de 24 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso Palma de Mallorca. Sección 1, Ponente: Pablo Delfont Maza)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 709/2019 – ECLI: ES: TSJBAL: 2019:709
Temas Clave: Urbanismo; Licencia municipal; Suelo rústico protegido; Espacio natural protegido; Área rural de interés paisajístico; Bien de interés cultural
Resumen:
Por parte de un particular se interpone recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la Comisión de Govern del Consell Insular de Mallorca, por el que se desestimaba el recurso de alzada formulado el contra el acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, mediante el que se denegó el proyecto de legalización presentado por la parte apelada ante el Ayuntamiento de Deià, relativo a una piscina construida en 1997, en concreto tras haber obtenido la licencia municipal que entonces se solicitó, que lo había sido para reconstrucción de un safereix, teniéndose para ello en cuenta:
1.- Que la piscina se había construido en suelo rustico de especial protección, calificado de Área Rural de Interés Paisajístico, y
2.- Que desde la Ley CAIB 6/1985 el
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 31 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: María Desamparados Iruela Jimenez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4127/2019 – ECLI: ES: TSJCV: 2019:4127
Temas Clave: Licencia administrativa; Planta de transferencia; Concesión administrativa; Residuos sólidos urbanos; Caducidad
Resumen:
La apelante, la mercantil Acciona Servicios Urbanos S.L., interpuso recurso contencioso-administrativo de instancia, frente al acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrevieja, que dispuso desestimar las peticiones formuladas por esa mercantil.
Las peticiones consistían en que anulase el mencionado acuerdo municipal y declarase el derecho de aquélla al reconocimiento y a la aceptación por el Ayuntamiento de que la ubicación acordada de mutuo acuerdo para la construcción de las instalaciones de transferencia previstas en el contrato se refería al paraje “La Marquesa”, finca Casa Grande, ubicada en el km 5,6 de la CV-943.
Finalmente la Sala acuerda estimar parcialmente el mencionado recurso contencioso-administrativo número 118/2013, y anular en parte, por ser contrario a derecho, el acuerdo de la acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrevieja en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 31 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso Valencia. Sección 1, Ponente: Carlos Altarriba Cano)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 4206/2019 – ECLI: ES:TSJCV:2019: 4206
Temas Clave: Urbanismo; Plan especial de reforma interior; Plan general de ordenación urbana; Plan parcial
Resumen:
Se interpone recurso de apelación nº 339/17 en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de una urbanización, contra la Sentencia nº 150/17, de 20 de mayo, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 219/15, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Valencia, sobre inactividad en la prestación de servicios municipales obligatorios por parte del Ayuntamiento de Sagunto.
Las pretensiones son las siguientes.
1.- “Se declare y reconozca como situación jurídica individualizada el derecho de todos y cada uno de los vecinos y propietarios de la urbanización a recibir del ayuntamiento de Sagunto la prestación de todos aquellos servicios obligatorios mínimos que establece la ley” y se condene, consiguientemente, al ayuntamiento de Sagunto, a “prestar de forma inmediata los servicios obligatorios mencionados, así como cualquier otro que de forma voluntaria se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 3 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Ramón Chulvi Montaner)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 5851/2019 – ECLI: ES:TSJM:2019:5851
Temas Clave: Contaminación acústica; Madrid; Zona de situación acústica especial; Focos emisores; Ocio nocturno; “Botellón”; Tráfico; Distancias
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “Asesores de Ocio, Hostelería y Espectáculos, S.L.” contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 28 de junio de 2017, por el que se declara Zona de Protección Acústica Especial el barrio de Gaztambide (en adelante, ZPAE) y aprobar su Plan Zonal Específico, Distrito de Chamberí.
Con carácter previo y con la finalidad de centrar adecuadamente la cuestión litigiosa, la Sala analiza pormenorizadamente los objetivos y finalidades perseguidos con la declaración de la ZPAE, que principalmente desembocan en la reducción progresiva de la contaminación acústica hasta los niveles establecidos por la normativa vigente. Ensalza el papel que asume la Administración Local en este contexto para describir a continuación en qué consiste y la repercusión que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 27 de octubre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 4992/2019- ECLI: ES: TSJ GAL:2019:4992
Temas Clave: Declaración de efectos ambientales; Residuos; Rechazos de residuos
Resumen:
La actuación que antecede al supuesto de autos es el concurso público y la correspondiente adjudicación de la concesión de obra pública del tratamiento y eliminación de la totalidad de los residuos generados en el término municipal de A Coruña y su correcta gestión a la UTE ALBADA. El objeto del contrato fue el tratamiento de los rechazos generados “de la forma más adecuada y con sujeción a la legislación medioambiental vigente”, de conformidad con los Pliegos del Prescripciones Técnicas (PPT) y el Pliego de Cláusulas Administrativas (PCA). Los artículos 1 y 3 del PAC encomendaron la construcción y explotación de una planta para la recepción de todos los residuos generados en el municipio. La declaración de efectos ambientales (DEA) correspondiente limitó las posibilidades de vertido, impidiendo la construcción del vaso de
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