Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 23 de abril de 2020 (recurso por incumplimiento): Finlandia ha incumplido la Directiva 2009/147, de conservación de las aves silvestres, por autorizar la caza primaveral del “pato de flojel” desde 2011 a 2019
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Grupo LEGAMBIENTAL, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Sala primera), asunto C‑217/19, ECLI:EU:C:2020: 291
Palabras clave: Protección de las aves. Caza. Especies protegidas. Régimen de excepciones. Pato de flojel.
Resumen:
La Comisión interpuso demanda contra Finlandia por incumplir la Directiva de aves de 2009 (arts. 7 y 9), al haber autorizado la caza primaveral del pato de flojel macho, especie contemplada en el Anexo II de dicha norma, en la provincia de Aland desde el año 2011. La demanda alegaba que Finlandia no había justificado debidamente el cumplimiento de los requisitos que permitirían autorizar esas prácticas en la Directiva (art. 9.1.c) mientras el Estado demandado sostenía que dichas licenciade caza estaban amparadas por las excepciones admitidas por dicho precepto.
El Tribunal de Luxemburgo estima el recurso de la Comisión y
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 2 de abril de 2020 (recurso por incumplimiento): España ha incumplido la Directiva 2007/60, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, por no haber adoptado tempestivamente los planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas de las Islas Canarias
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Grupo LEGAMBIENTAL, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Sala séptima), asunto C‑384/19, ECLI:EU:C:2020: 271
Temas Clave: Aguas; Inundaciones; Planes de gestión del riesgo de inundación; Demarcación hidrográfica
Resumen:
La Comisión interpuso ante el TJUE recurso por incumplimiento de la Directiva 2007/60, de Inundaciones, debido a que el 24 de septiembre de 2018, fecha fijada en el dictamen motivado emitido en el procedimiento de infracción abierto contra España por no haberse adoptado los Planes de gestión de riesgo de inundación previstos en dicha norma en varias demarcaciones hidrográficas, seguían sin aprobarse los correspondientes a las siete demarcaciones de las Islas Canarias. El recurso alegaba, además, el incumplimiento, en tres de aquéllas demarcaciones (Gran Canaria, Fuerteventura y La Palma), de la obligación de someter dichos planes a información y consulta del público.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), de 19 de diciembre de 2019, asunto C-752/18, por la que se resuelve una cuestión prejudicial relacionada con la interpretación del Convenio de Aarhus, el TFUE, la Carta en relación con el cumplimiento de la Directiva de calidad del aire
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala), asunto C-752/18
Temas clave: Convenio de Aarhus; Inejecución de sentencias; Calidad del aire; Arresto como medio de ejecución forzosa de resolución judicial ante el incumplimiento rebelde
Resumen:
La cuestión prejudicial se refiere a la interpretación del artículo 9.4 del Convenio de Aarhus, de los artículos 4.3 y 19.1 TUE y del artículo 47.1de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el contexto de un litigio entre una ONG ambiental alemana y Baviera, en relación a la ejecución forzosa de una orden conminatoria por la que el Tribunal bávaro exige a este último el establecimiento ciertas prohibiciones de circulación de vehículos a fin de respetar las obligaciones derivadas de la Directiva 2008/50/CE, relativa a la calidad del aire ambiente y a una
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Octava), de 5 de diciembre de 2019, asunto C-642/18, por la que se inadmite el recurso contra España por incumplimiento de la Directiva 2008/98/UE, marco de residuos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Octava), asunto C-642/18
Temas clave: Incumplimiento; Residuos; Planes de gestión; dies a quo para el cómputo de las obligaciones; Inadmisión
Resumen:
La Comisión solicita al TJUE que declare que el Reino de España ha incumplido la Directiva “marco” de residuos, al no haber revisado los planes de gestión de residuos de las Comunidades Autónomas de Illes Balears y de Canarias y al no haberla informado oficialmente de la revisión de tales planes.
En noviembre de 2016, la Comisión requirió a España por no haber adoptado o revisado los planes de gestión de residuos de Aragón, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra y de la Ciudad Autónoma de Ceuta y, en consecuencia, al no haberle notificado tales planes.
Tras respuesta de España la Comisión emitió un dictamen motivado en el que concluía
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 24 de octubre de 2019, asunto C-212/2018 por la que se resuelve la cuestión prejudicial relacionada con la Directiva 2008/98/UE, de residuos
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 24 de octubre de 2019, asunto C-212/18
Temas clave: Residuos; aceites; Condición fin de residuo; Principio de precaución
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6 de la Directiva de residuos y deriva de un litigio entre, por una empresa energética (Prato Nevoso) y la Provincia de Cúneo en Italia en relación con la desestimación de una solicitud presentada por esa sociedad para sustituir, como fuente de alimentación de su central de producción de energía térmica y eléctrica, el metano por biolíquido obtenido a partir del tratamiento químico de aceites vegetales usados.
El órgano judicial italiano, presenta la siguiente cuestión prejudicial si el artículo 6, apartados 1 y 4, de la Directiva 2008/98 y el artículo 13, apartado 1, de la Directiva 2009/28, leídos conjuntamente, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una
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