La cuesti\u00f3n principal que se plantea en este litigio es si la servidumbre de protecci\u00f3n de 100 metros recogida en el art. 23 de la Ley de Costas en donde est\u00e1n prohibidos, entre otros usos, las edificaciones destinadas a residencia o habitaci\u00f3n (art. 25.1) es aplicable a los terrenos anteriormente mencionados.<\/p>\r\n
\"En el suelo urbanizable programado con Plan Parcial aprobado definitivamente con posterioridad al 1 de enero de 1988 y antes del 29 de julio de 1988 (entrada en vigor de la Ley de Costas), de acuerdo con esta normativa, la anchura de servidumbre de protecci\u00f3n ser\u00e1 de 100 metros con car\u00e1cter general, debiendo ser revisado el Plan Parcial para adaptarlo a las disposiciones de la Ley de Costas siempre y cuando sea incompatible con el retranqueo de los 100. Se except\u00faa la norma anterior cuando la remisi\u00f3n del Plan parcial para adaptarlo a la Ley de Costas suponga una disminuci\u00f3n del aprovechamiento urban\u00edstico que de lugar a una indemnizaci\u00f3n de acuerdo con la legislaci\u00f3n urban\u00edstica\". La sentencia recurrida considera que el llamado Sector ST-1 (anterior R-5, de las Normas Subsidiarias del planeamiento municipal de Carboneras), conocido como El Algarrobico, se corresponde con este supuesto que hemos expuesto, mientras que la parte recurrente entiende que la anchura de la servidumbre debe ser inferior, 20 metros, y por lo tanto la edificaci\u00f3n posible.<\/p>\r\n
Azata del Sol S.L. basa el recurso de casaci\u00f3n interpuesto en cuatro motivos, el primero al amparo del apartado c) del art. 88.1 de la LJCA y los otros tres al del apartado d) del mismo precepto. El primero por haber incurrido la sentencia recurrida en infracci\u00f3n de lo establecido en los art\u00edculos 209.4 y 218.1 de la Ley de Enjuiciamiento civil y 24.1 de la Constituci\u00f3n, debido a su incongruencia omisiva; el segundo por haber infringido la Sala de instancia lo dispuesto en los art\u00edculos 25 del Real Decreto 1471\/1989 y 62.1 e) de la Ley 30\/1992, de 26 de noviembre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico de las Administraciones P\u00fablicas y del Procedimiento Administrativo Com\u00fan, as\u00ed como la doctrina jurisprudencial; en el tercer motivo de casaci\u00f3n se asegura que el Tribunal a quo ha inaplicado las reglas establecidas por la Disposici\u00f3n Transitoria 8a 5.a) de la Ley de Costas, que regula el procedimiento de revisi\u00f3n de los Planes Parciales a fin de que no proceda indemnizar; en cuarto lugar se alega la infracci\u00f3n del art\u00edculo 139 de la Ley de R\u00e9gimen Jur\u00eddico de las Administraciones P\u00fablicas y del Procedimiento Administrativo Com\u00fan, al haber declarado que no hay responsabilidad patrimonial para la Administraci\u00f3n.<\/p>\r\n
Sentencia del Tribunal Supremo núm.5935 de 18 de julio de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección 5ª. Ponente D. Jesús Ernesto Peces Morate)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STS 5935/2012
Temas Clave: Costas; deslinde; algarrobico; zona de protección
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la entidad mercantil Azata del Sol S.L, contra la sentencia pronunciada, con fecha 5 de diciembre de 2008, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 21 de 2006, sostenido por la representación procesal de la entidad mercantil AZATA DEL SOL S.L. contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 8 de noviembre de 2005, por la que se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre del tramo de costa de 5.791 metros de longitud, comprendido entre el final de la Playa de El Lacón hasta el límite con el término municipal de Mojácar, y
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 6 de julio de 2012 (Sala de lo Contencioso Administrativo. Sede de Cáceres Sección 1. Ponente: Mercenario Villalva Lava)
Autora: Eva Blasco Hedo. Directora Académica de “Actualidad Jurídica Ambiental”
Fuente: ROJ STSJ EXT 1096/2012
Temas Clave: Ruido; Ordenanza municipal; Clasificación de locales; Sanciones; Zonas ambientalmente protegidas
Resumen:
Es objeto de recurso la impugnación de varios preceptos de la Ordenanza Municipal sobre la protección del Medio Ambiente en materia de Ruidos de Cáceres de 2009. La discusión se centra en la clasificación que se lleva a cabo de los locales, que a juicio de la recurrente vulnera el mapa competencial de los entes públicos territoriales ya que cada municipio no puede realizar, a su arbitrio, una distinta clasificación y definición de los establecimientos; así como la normativa superior que establece una clasificación diferente de actividades y exigencias para su desarrollo. Por su parte, la Administración entiende que la actividad prevista en la Ordenanza es un elemento básico para la ordenación de los ruidos y vibraciones.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 24 de julio (Sala de lo Contencioso, Sede de Palma de Mallorca. Sección 1ª. Ponente Dña. María Carmen Frigola Castillón)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ BAL 902/2012
Temas Clave: Red Natura 2000; Autorizaciones y Licencias; Afecciones al Medio Ambiente
Resumen:
La parte que presentó el recurso del que trae causa esta sentencia había solicitado licencia para construir una vivienda, abierto el pertinente expediente se remite el mismo a la Consejería de Medio Ambiente Dirección General de Biodiversidad al hallarse los terrenos incluidos en la delimitación LIC y ZEPA a efectos que se emitiese informe a efectos de lo establecido en el artículo 6 de la Directiva Hábitats; quien requiere a la solicitante aportar la documentación al objeto de especificar la metodología constructiva y las características de las dotaciones de servicios, así como un Estudio de evaluación de las repercusiones ambientales del proyecto, documentos que fueron aportados.
Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Quinta) de 23 de Julio de 2012. (Ponente Don Rafael Fernández Valverde)
Autor: Jaime Doreste Hernández. Abogado Ambientalista. Máster en Derecho Ambiental.
Fuente: ROJ STS 5564/2011
Temas Clave: Medio Ambiente; Costas; servidumbre de protección; autorización; competencia; Urbanismo; Estudio de Detalle; Licencia.
Resumen:
La Dirección General de Puertos y Costas de la Generalitat Valenciana autorizó en el año 2005 la construcción de un complejo residencial en Benidorm formado por dos bloques de viviendas de 21 plantas cada uno, cuatro plantas de aparcamientos y una piscina en una zona afectada por las servidumbre de tránsito y protección de la costa en virtud del el deslinde del dominio público marítimo terrestre de la zona, aprobado por Orden Ministerial de 10 de junio de 1971.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 9 de julio de 2012 (Sala de lo Contencioso, Sede de Albacete. Sección 2ª. Recurso 6202008. Ponente D. Miguel Ángel Narváez)
Autora: Ana María Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: STSJ CLM 1899/2012
Temas Clave: Aguas; Daños al Dominio Público Hidráulico; Procedimiento Administrativo Sancionador
Resumen:
El motivo de este pronunciamiento es la resolución del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 18 de marzo de 2008 con la que se ponía fin al expediente sancionador, estimando en parte el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 16 de noviembre de 2007 por la que se imponía una sanción pecuniaria e indemnización con abstención de efectuar el riego en la superficie no autorizada, advirtiendo que el incumplimiento de esta obligación podría implicar la incoación del correspondiente procedimiento para declarar la caducidad del derecho de aprovechamiento de aguas;
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