Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 21 de julio de 2016, asuntos C‑387/15 y C‑388/15, por el que se resuelve la cuestión prejudicial por los órganos judiciales belgas, en relación con la interpretación de la Directiva 92/43/CE, de Hábitats
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asuntos C‑387/15 y C‑388/15
Temas clave: Red Natura 2000, Zonas de especial conservación, evaluación de las repercusiones sobre la integridad, medidas de conservación, “medidas mitigadoras”, medidas compensatorias, planes de ordenación territorial, puertos
Resumen:
Las cuestiones prejudiciales se plantean en el marco de dos litigios contra la Región Flamenca, en relación con la impugnación de la validez del plan regional de ordenación territorial de delimitación de la zona portuaria de Amberes, que prevé ampliar gran parte del puerto.
El proyecto afecta al espacio Natura 2000 denominado “Estuario del Escalda y del Durme desde la frontera con Holanda hasta Gante”.
Según el Gobierno flamenco, caso de que llegue a existir la posibilidad de causar perjuicio al área, la previsión del Plan respecto de las zonas predominantemente naturales contribuirán ya a la integridad del espacio Natura 2000, no siendo esta
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Mariano De Oro-Pulido López)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 3050/2016- ECLI: ES: TS: 2016:3050
Temas Clave: Plan parcial; evaluación ambiental; asociaciones
Resumen:
La Sentencia seleccionada resuelve en esta ocasión el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Collado Villalba contra la Sentencia 227/2015, de 2 de marzo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso 1607/2009, a instancia de Ecologistas en Acción-CODA, contra el Acuerdo de 16 de julio de 2009 del Pleno del Ayuntamiento citado por el que aprobó definitivamente el Plan Parcial correspondiente al Sector 1.6. “Caño de la Fragua”, del Plan General de Ordenación Urbana. Es parte recurrida la Asociación Ecologistas en Acción.
El Ayuntamiento esgrime tres motivos de casación, al amparo del art. 88.1.d), entre los que destaca, a los efectos de este comentario, la infracción de la Disposición Transitoria Primera y los arts. 3 y 17 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en
Sentencia del Tribunal Supremo de 29 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Ponente: Francisco José Navarro Sanchis)
Autor: José Antonio Ramos Medrano. Técnico de Administración General. Ayuntamiento de Madrid
Fuente: STS 3367/2016; ECLI:ES:TS:2016:3367; Cendoj 28079130052016100276
Temas Clave: Memoria ambiental; Suelo no urbanizable protegido; Ciudad dispersa; Protección del paisaje
Resumen:
La asociación “Colectivo Ecologista de Salnés” impugnó el acuerdo del Ayuntamiento de Sanjenjo por el que se aprobó el Plan Parcial para el desarrollo urbanístico del Suelo Urbanizable nº 14 (SU-14) en el lugar denominado Monte Faro. La denominación del lugar elegido para construir una urbanización de 1.300 viviendas, Monte Faro, ya es muy indicativo del conflicto ambiental que suponía la urbanización de una zona del monte del municipio turístico de Sanjenjo. Además, el plan general de ordenación urbana se aprobó en el año 2003, en pleno apogeo del boom inmobiliario, lo que también es un dato muy significativo. Y junto al plan parcial se aprobó un convenio urbanístico para compensar económicamente la no construcción de vivienda protegida en esta nueva urbanización residencial, tal y como exige la normativa de la ley del suelo.
Precisamente por los valores ambientales y paisajísticos del emplazamiento elegido, en la Memoria Ambiental
Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Diego Córdoba Castroverde)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 3079/2016- ECLI: ES:TS: 2016:3079
Temas Clave: Regulación; energías renovables; retroactividad; confianza legítima; sanciones
Resumen:
Esta Sentencia reitera, parcialmente, los pronunciamientos de Sentencias que ya se comentaron en el mes anterior (específicamente STS de 7 de junio de 2016, ROJ 2689/2016 , y STS de 10 de junio de 2016, ROJ 2692/2016), en el recurso contencioso-administrativo 536/2014 interpuesto por varias Sociedades Mercantiles, contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos; y contra la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos, siendo parte demandada la Administración del Estado.
Como en las Sentencias señaladas, y en otras posteriores (STS de 28 de junio de 2016,
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 141/2016, de 21 de julio de 2016 (Ponente: Andrés Ollero Tassara)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 196, de 15 de agosto de 2016
Temas Clave: EMAS; Entidades de acreditación; Verificadores medioambientales; Entidad Nacional de Acreditación
Resumen:
El Gobierno de la Generalitat de Cataluña promueve un conflicto positivo de competencias a través del cual impugna los arts. 9.1 y 2, 11.1 y 2, 12.1 y 4, y 13.2, la disposición transitoria primera y la disposición final tercera del Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) núm. 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
La cuestión se centra en la aplicación en nuestro ordenamiento del sistema EMAS y, en particular, en la designación de las entidades de acreditación de los verificadores medioambientales.
El Gobierno de la Generalitat entiende que se han vulnerado las competencias en materia de medio ambiente reconocidas en
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