Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Jesús Ernesto Peces Morate)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 336/2017- ECLI: ES: TS: 2017:336
Temas Clave: PGOU; suelo de especial protección; evaluación estratégica; evaluación de proyectos
Resumen:
En esta ocasión se examina el recurso de casación número 237/216, planteado contra la Sentencia de 9 de diciembre de 2015 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, dictada en el recurso contencioso-administrativo número 706/2014, formulado por la “Asociación Plataforma Oro No”, contra el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva y de Ordenación del Territorio de Asturias, de 18 de junio de 2014, por el que se aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y Catálogo urbanístico del municipio de Tapia de Casariego. Es parte recurrida la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
En esencia, el Acuerdo había sido objeto de impugnación por no haber observado el trámite de información pública, pese a incorporar una modificación del PGOU, y rebajar el nivel de protección del suelo. En este sentido, la Sala de Instancia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 28 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Esther Castanedo García)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CANT 1068/2016 – ECLI:ES:TSJCANT:2016:1068
Temas Clave: Clasificación de suelos; Edificación; Planeamiento urbanístico; Telecomunicaciones; Urbanismo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una compañía de telefonía móvil y otros servicios digitales de ámbito internacional, contra la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Laredo. Tal compañía solicita en su demanda se deje sin efecto la aprobación de dicho PGOU declarando su nulidad al incumplirse a su parecer el procedimiento legalmente establecido, al no haberse recabado el preceptivo y vinculante informe sectorial de telecomunicaciones.
En concreto, se refiere al Informe previsto en el artículo 35.2 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, que se trascribe a continuación a fin de facilitar la comprensión de la sentencia:
«Los órganos encargados de los procedimientos de aprobación, modificación o revisión de los instrumentos de planificación territorial o urbanística que afecten al despliegue de las redes públicas de comunicaciones electrónicas deberán recabar el oportuno informe del
Sentencia del Tribunal de Justicia de 29 de septiembre de 2016 (procedimiento prejudicial), que interpreta los arts. 3 y 4 de la Directiva 2001/77 (mecanismos nacionales de apoyo a la electricidad verde); 3.2 y 16 de la Directiva 96/92; 3.3, 8 y 20.1 de la Directiva 2003/54 (mercado interior de la electricidad); y, los arts. 28 y 30 TCE (libre circulación de mercancías), en el sentido de que se oponen a una normativa regional que limita la gratuidad de la distribución de la electricidad renovable a las instalaciones generadoras que la inyectan directamente en una red de distribución ubicada en el Estado miembro excluyendo la importada de otros Estados
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), Asunto C‑492/14 ECLI:EU:C:2016:732
Temas Clave: energías renovables, electricidad verde, fomento, libre circulación de mercancías
Resumen:
La cuestión prejudicial, planteada por un Tribunal belga, se enmarca en la acción de responsabilidad extracontractual ejercitada por Essent Belgium frente al legislador regional del sector eléctrico reclamando indemnización por el perjuicio derivado de la exclusión de la electricidad renovable que importó de otros Estados del régimen de gratuidad en el uso
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 14 de noviembre de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ángel Ruiz Ruiz)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 3720/2016 – ECLI:ES:TSJPV:2016:3720
Temas Clave: Clasificación de suelos; Edificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Górliz de 4 de agosto de 2014 por el que se aprobó definitivamente la Modificación puntual del Plan Parcial de Ordenación Urbana del Sector 5 Guzurmendi.
El objeto de esta modificación era la de posibilitar que la vivienda unifamiliar aislada inicialmente prevista en el Plan Parcial pudiera convertirse en bifamiliar aislada. De esta manera, se proponía un incremento del número máximo de viviendas del sector de las 56 previstas a 100, sin aumentarse por ello la edificabilidad total. Según pone de manifiesto la sentencia analizada, la modificación se justificaba en mejorar la viabilidad económica de la actuación urbanizadora, favoreciendo la sostenibilidad económica, a fin de aproximarse a los criterios establecidos por la ordenación del territorio sobre densidades residenciales mínimas, adaptándose a la nueva coyuntura económica del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 4 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Ponente: Alicia Esther Ortuño Rodríguez)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STSJ BAL 2/2017 – ECLI:ES:TSJBAL:2017:2
Temas Clave: contaminación acústica; licencia municipal; inactividad administración; licencia autonómica portuaria; uso del local; nulidad radical
Resumen:
Vecinos del municipio de Calvià interpusieron recurso de apelación frente a la sentencia núm. 273/2016, dictada por el Juzgado Administrativo de palma núm. 3, que resolvía el recurso contencioso-administrativo interpuesto que estimaba parcialmente. Esta sentencia disponía que el Ayuntamiento de Calvià debía resolver de modo expreso la solicitud de nulidad de la licencia objeto de discusión; tramitar y resolver el procedimiento de transmisión de la licencia en cuestión y llevar a cabo las actuaciones de comprobación y resolución respecto a cuantos escritos, solicitudes y denuncias se hubieran presentado sobre la misma.
La parte recurrente entiende, sin embargo, que en tanto que concurría una nulidad radical el tribunal debía resolver directamente y anular la licencia, motivo por el cual presenta
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