Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 31 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Ponente: Maria Carmen Frigola Castillon)
Autora: Aitana De la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STSJ BAL 40/2017 – ECLI: ES:TSJBAL:2017:40
Temas Clave: preservación del medio ambiente; flora y fauna; reservas marinas; prohibición pesca recreativa submarina; PORN; PRUG
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso interpuesto por la Federación española de actividades subacuáticas, mediante el cual se impugna el Decreto núm. 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de les Illes Balears publicado en el BOIB nº77 de 23 de mayo de 2015 solicitando la nulidad de la totalidad del Decreto y subsidiariamente la nulidad parcial de la Disposició Adicional única.
Los motivos que alega la parte recurrente son: falta del correspondiente trámite de audiencia; inexistencia de motivación en la regulación normativa para la ampliación de la reserva marina dels Freus d’Eivissa i Formentera; incongruencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 27 de enero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Begoña González García)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 275/2017 – ECLI: ES:TSJCL:2017:275
Temas Clave: Ordenación del territorio; Clasificación de suelos; Urbanismo; Plan de Ordenación de Recursos Naturales; Balneario; Parque Natural de Hoces del Alto Ebro y Rudrón; Biodiversidad
Resumen:
Conoce la Sala del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Congregación de la Misión de Padres Paúles Provincia Canónica de Madrid frente al Acuerdo de la Comisión
Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de 21 de mayo de 2015 por la que se resuelve aprobar definitivamente el Texto Refundido de las Normas Urbanísticas Municipales del Ayuntamiento de Valle de Sedano, en todo lo que afecta a la clasificación y calificación urbanística de las parcelas que conforman el balneario de Valdelateja dentro de dicho término municipal, propiedad de la entidad recurrente.
En esencia, la recurrente pretende que se clasifiquen como suelos urbanos las fincas catastrales que ocupa
Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de marzo de 2017, que desestima el recurso de casación interpuesto contra la Sentencia del Tribunal General de 30 de abril de 2015, que confirma la Decisión de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) incluyendo determinadas sustancias en la “lista de sustancias extremadamente preocupantes” del Reglamento de control de sustancias químicas (REACH)
Autora: Inmaculada Revuelta Pérez, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), Asunto C‑324/15 P, ECLI:EU:C:2017:208
Temas Clave: control de sustancias químicas; sustancias extremadamente preocupantes
Resumen:
Hitachi Chemical Europe GmbH (en lo sucesivo, «Hitachi») y Polynt SpA pretendían la anulación de la STG que desestimó su recurso de anulación de la Decisión ED/169/2012 de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), de 18 de diciembre de 2012, que incluyó en la “lista de sustancias extremadamente preocupantes” del Reglamento REACH (Anexo XIV) el anhídrido hexahidrometilftálico; el anhídrido hexahidro-1-metilftálico; y, el anhídrido hexahidro-3-metilftálico, aplicando el art. 57.f) del citado Reglamento, es decir, “es decir, “sustancias, como los alteradores endocrinos o las sustancias con propiedades persistentes, bioacumulables y tóxicas o con propiedades muy persistentes y muy bioacumulables, que no
Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2017 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Eduardo Espín Templado)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 913/2017- ECLI: ES: TS: 2017:913
Temas Clave: Evaluación ambiental; proyectos; normativa aplicable
Resumen:
En esta Sentencia se resuelve el recurso de casación número 1892/2014, interpuesto por el Ayuntamiento de A Fonsagrada, el Ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos y la asociación Camín Grande contra la línea de alta tensión Boimente-Pesoz, contra la sentencia dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 3 de abril de 2014 en los recursos contenciosos-administrativos acumulados números 53, 382, 558 y 1299/2012. Son partes recurridas la Administración General del Estado y Red Eléctrica de España, S.A.U.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó sentencia de fecha 3 de abril de 2014, desestimatoria de los recursos promovidos por el Ayuntamiento de A Fonsagrada, por el Ayuntamiento de Santa Eulalia de Oscos, por el Ayuntamiento de A Pontenova y por la asociación Camín Grande por la línea de alta tensión
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de febrero de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Francisco Javier Canabal Conejos)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 62/2017 – ECLI:ES:TSJM:2017:62
Temas Clave: Clasificación de suelos; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Suelos; Urbanismo
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación ecologista ECOLOGISTAS EN ACCIÓN MADRID-AEDENAT contra el Acuerdo de 26 de marzo de 2015 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Pedrezuela.
Antes de analizar los concretos motivos que sustentan el recurso, conviene advertir que el municipio de Pedrezuela cuenta con aproximadamente 5.000 habitantes (con un fuerte crecimiento demográfico en los últimos quince años), ubicándose a unos 50 kilómetros de la capital.
En lo que se refiere a los motivos de nulidad, vamos a centrarnos en los siguientes:
-En primer lugar, aduce la asociación recurrente que existe una indebida justificación de las propuestas del plan, al promover un crecimiento de hasta 1.098 viviendas en suelo urbanizable sectorizado, y de 2.000 viviendas en el urbanizable no sectorizado.
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