Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 5 de septiembre de 2019: Italia ha incumplido la Decisión de ejecución (UE) 2015/789, sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión de Xylella fastidiosa (art. 7.2, letra c- obligación de eliminación inmediata de los vegetales afectados por dicha bacteria-; y, art. 7.7 – obligación de vigilancia en la zona de contención-)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia.
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), Asunto C-443/18, ECLI:EU:C: 2019:676
Temas Clave: sanidad vegetal/riesgos fitosanitarios/ Xylella fastidiosa
Resumen:
La Sentencia resuelve el recurso por incumplimiento interpuesto contra Italia por la Comisión por la propagación de la bacteria Xylella fastidiosa (Xf) . La demanda imputaba a dicho Estado el incumplimiento de las siguientes obligaciones:
1º) Eliminación inmediata de los vegetales afectados por dicha bacteria (art. 7.2, letra c) de la Decisión de Ejecución 2015/789 modificada).
2º) Vigilar la presencia de la bacteria en la franja de 20 kilómetros de la zona de contención (art. 7. 7, de la Decisión de Ejecución 2015/789 modificada).
3º) Adoptar las medidas necesarias para evitar la propagación (artículos 6, apartados 2, 7 y 9,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 19 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso Baleares. Sección 1, Ponente: María Desamparados Iruela Jiménez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2782/2019 – ECLI: ES: TSJCV:2019:2782
Temas Clave: Planeamiento; Evaluación Ambiental; Red Natura 2000; Plan General Ordenación Urbana; Paisaje Protegido; Medidas cautelares; Plan Rector Uso y Gestión (PORN); Parque Natural; Sierra Escalona-Dehesa de Campoamor
Resumen:
Se interpone recurso contencioso-administrativo número 60/2017, interpuesto por HISPAVIMA S.L. frente a la Orden 6/2017, de 14 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se acuerda iniciar el procedimiento de declaración de paisaje protegido de la Sierra Escalona-Dehesa de Campoamor y su entorno. Ha sido parte demandada la Generalitat Valenciana. Recurso finalmente desestimado acordando la imposición de costas a la actora por haber sido desestimados todas sus pretensiones.
En su parte resolutoria, la citada Orden contiene, en lo que ahora interesa, un artículo 1 que dispone la iniciación del aludido procedimiento, y un artículo 2 del siguiente tenor:
“1.- Durante el periodo transitorio entre el inicio del expediente de declaración
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 11 de febrero de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Rafael Losada Armada)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ:STSJ CANT 173/2019- ECLI:ES:TSJCANT:2019:173
Temas Clave: Ganadería; Autorizaciones y licencias; Prevención y control integrados de la contaminación (IPPC); Autorización ambiental integrada
Resumen:
Un particular impugna en apelación la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de 13 de abril de 2018, desestimatoria el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Resolución del Ayuntamiento de Lamasón, de 5 de julio de 2016, confirmada en reposición, en virtud de la cual se concede una licencia de apertura para una actividad ganadera no sujeta a control ambiental integrado, consistente en la cría de vacuno de raza Tudanca en un establo tradicional.
De una parte, el pronunciamiento apelado concluyó que no era preciso someter la actividad a comprobación ambiental, en tanto no había causado molestias o riesgos que lo hicieran necesario, para la concesión de la licencia de apertura de la actividad ganadera con nueve reses.
El recurso de apelación planteó que la estabulación es una
Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 487/2017, Ponente: Francisco Javier Borrego Borrego)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: Roj: STS 2385/2019 – ECLI: ES:TS:2019:2385
Temas Clave: Plan Hidrológico de Cuenca; Aguas; Cuenca Hidrográfica; Demarcación Hidrográfica; Reglamento; Acto singular
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo formulado por la Comunidad Autónoma de Aragón contra el Real Decreto 450/2017, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial, siendo parte recurrida la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña, Emplazamientos Radiales S.L. y la Unió de Federacions Esportives de Catalunya, quien se allanó por escrito presentado el 27 de junio de 2018, teniéndola por allanada por providencia del 10 de julio de 2018.
La recurrente solicita que se dicte sentencia estimatoria de este recurso y de la pretensión en él formulada de declaración de nulidad de pleno derecho del Real Decreto 450/2017, comprendiendo la nulidad de su Programa de medidas.
Por el contrario, la Administración General
Sentencia del Tribunal de Justicia, de 29 de julio de 2019 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre las Directivas 92/43, de hábitats (art. 6, párrafos 3 y 4, conceptos de “proyecto” y “razones imperiosas de interés público de primer orden” y evaluación ambiental); y, 2011/92, de evaluación de proyectos (arts. 2.1; 2.4; y 4.1, concepto de “proyecto”, evaluación de impacto y exenciones)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Gran Sala), asunto C‑411/17, ECLI:EU:C:2019:622
Temas Clave: Natura 2000; evaluación ambiental; proyectos; centrales nucleares; razones imperiosas de interés público de primer orden; electricidad; seguridad del suministro
Resumen:
El Tribunal Constitucional de Bélgica planteó nueve cuestiones al Tribunal de Justicia antes de resolver el recurso de anulación interpuesto por dos asociaciones ambientales (Inter-Environnement Wallonie y Bond Beter Leefmilieu Vlaanderen) contra la Ley del Parlamento de Bélgica, de 28 de junio de 2015, que preveía el reinicio de la actividad de una central nuclear cerrada y retrasaba diez años el cese programado de otra central nuclear en funcionamiento. Las demandantes alegaron que las decisiones, no sometidas previamente a evaluación ambiental, incumplían por este motivo los Convenios de Espoo (Evaluación del Impacto Medioambiental
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