Sentencia Tribunal Ambiental de Santiago: Contaminación del aire, acceso a la información y prevención
Autor: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Sentencia de la Corte Suprema de Chile, 28 de mayo de 2019, Rol N° 5888-2019
Temas clave: protección constitucional del medio ambiente; contaminación del aire; acceso a la información
Resumen:
La Corte Suprema conoce de la acumulación de doce recursos de protección presentados por diversos individuos, Defensora de la niñez, fundaciones, ONG, la Municipalidad de Quinteros y Municipalidad de Puchuncaví, entre otros, en contra de ENAP Refinerías S.A.; de Enel Generación Chile S.A.; de Copec S.A.; de Epoxa S.A.; de GNL Quintero S.A.; de Oxiquim S.A.; de Gasmar S.A.; de Codelco Chile División Ventanas; de Cementos Bío Bío S.A.; de Puerto Ventanas S.A.; de Aes Gener S.A.; de Asfaltos Chilenos S.A.; del Estado de Chile; del Ministerio del Medio Ambiente; del Ministerio de Salud; de la Superintendencia del Medio Ambiente; de la Dirección Regional de la Oficina Nacional de Emergencia de la Quinta Región; de la Dirección Nacional de la Oficina Nacional de Emergencia; del Ministro del Interior; del Intendente de la Región de Valparaíso;
Sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Octavio Juan Herrero Pina)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1753/2019 – ECLI: ES:TS:2019:1753
Temas Clave: Aguas; Zonas inundables; Planes de gestión; Usos; Información pública; Competencias; Planes urbanísticos; Período de retorno; Cartografía; Mapas de peligrosidad; Propiedad privada
Resumen:
El Ayuntamiento de Silla formula recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, el Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales.
El demandante solicita la declaración de nulidad del Decreto por cuanto impone limitaciones de usos y condicionantes a las edificaciones susceptibles de implantarse en las áreas declaradas como inundables en el citado reglamento, contenidas en el artículo primero, puntos dos, tres, cuatro, cinco, siete y ocho del mismo, que dan lugar a la modificación del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 16 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso Murcia. Sección 2. Ponente: Ascensión Martín Sánchez)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1120/2019 – ECLI: ES: TSJMU: 2019:1120
Temas Clave: Aguas; Precario; Confederación hidrográfica; Cesión de derechos; Emergencia social; Concesión administrativa
Resumen:
Se interpone por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) de 10 de abril de 2018 que aprueba el contrato de cesión de volumen máximo anual de 998.794 m3 de agua recogida en el expediente NUM018 suscrito entre Agrupación Agrícola Perichan S.L., Tm de Hellín-Albacete y otros, como cedentes y la Toma Delegada Zona 3 Hermanos Martinez, en calidad de cesionarios -TM de Orihuela, conforme a la petición formulada el día 25 enero de 2018, para el año hidrológico NUM019. Recurso finalmente desestimado por la Sala.
En concreto, la cuestión que se trata de determinar es si dicha resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura es o no conforme a derecho.
Los fundamentos jurídicos empleados por la Junta de Comunidades
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 13 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eulalia Martínez López)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1192/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019: 1192
Temas Clave: Autorizaciones y licencias; Declaración de impacto ambiental (DIA)
Resumen:
A 18 de mayo de 2016, el Teniente de Alcalde-Delegado de Urbanismo, Obras y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Almansa, emite una resolución ordenando la clausura temporal de la actividad de planta de secado térmico y compostaje de abonos orgánicos, titularidad de la sociedad recurrente.
En la sentencia de instancia, de 7 de abril de 2017, se cuestionaba la competencia municipal para la clausura temporal de la actividad realizada en la instalación. De una parte, el juzgador determinó que la licencia de apertura de establecimiento queda sujeta a control municipal, y refuerza su argumento remitiéndose a los artículos 2, 6 y 34 del Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), vigente cuando se
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 21 de mayo de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Elena Concepción Mendez Canseco)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 554/2019 – ECLI: ES:TSJEXT:2019:554
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente; Liquidación; Financiación autonómica; Finalidad extrafiscal; Electricidad
Resumen:
“Iberdrola Generacion Nuclear, S.A.U.” plantea recurso contencioso-administrativo contra la actuación administrativa de la Junta de Extremadura que desestima la reclamación económico- administrativa interpuesta frente a la desestimación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente, modalidad de producción, almacenaje o transformación de energía eléctrica.
A diferencia de lo que ocurrió con los anteriores procesos examinados por esta misma Sala, el actual se refiere a un período impositivo al que le resulta aplicable la nueva redacción del artículo 6.3 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas que fue reformado por la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre.
Se hace especial hincapié tanto en la nueva redacción del precepto
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