26 junio 2015

Actualidad

Actualidad al día. País Vasco. Zonas de especial conservación (ZEC)

Se aprueba la designación de cinco ríos del Territorio Histórico de Álava como Zonas Especiales de Conservación

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOPV núm. 81, de 5 de mayo

Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Fauna; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC)

Resumen:

A través del Decreto 35/2015, de 17 de marzo, se han designado como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) los siguientes ríos del Territorio Histórico de Álava:

-Baia ibaia/Río Baia.

-Zadorra ibaia/Río Zadorra.

-Ihuda ibaia/Río Ihuda (Ayuda).

-Omecillo-Tumecillo ibaia/Río Omecillo-Tumecillo.

-Ebro ibaia/Río Ebro.

La finalidad de esta norma es la de garantizar en las ZEC el mantenimiento o restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies silvestres de la fauna y de la flora de interés comunitario (Directiva 92/43/CEE), y asegurar la supervivencia y reproducción en su área de distribución de las especies de aves incluidas en el anexo I de dicha Directiva y de las especies migratorias no contempladas en el anexo citado cuya llegada sea regular.

De este modo, se aprueban las medidas de conservación de las citadas ZEC en los anexos I a

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19 junio 2015

Actualidad

Actualidad al día. País Vasco. Zonas de especial conservación (ZEC). Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)

Se aprueban las normas generales para ZEC y ZEPA vinculadas al medio hídrico del País Vasco

Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOPV núm. 81, de 5 de mayo

Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Fauna; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC); Zonas de especial protección para las aves (ZEPA)

Resumen:

Por medio del Decreto 34/2015, de 17 de marzo, se han aprobado las normas generales para las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) vinculadas al medio hídrico en el País Vasco. Estas normas serán de aplicación al conjunto de espacios Red Natura vinculados al medio hídrico, rigiendo en los espacios aprobados hasta la fecha y lo que puedan aprobarse en el futuro.

Estas normas se agrupan en dos tipologías:

-Directrices: Disposiciones concernientes a los distintos usos y actividades, ambientes o elementos clave, dirigidas a orientar las actuaciones de las diferentes administraciones públicas.

-Regulaciones: Disposiciones cuyo fin es establecer normas de carácter vinculante relativas al desarrollo de usos y actividades que pueden afectar a los elementos y objetivos de conservación.

Documento adjunto:

28 mayo 2015

Actualidad

Actualidad al día. Islas Baleares. Red Natura

Se aprueban cinco planes de gestión de determinados espacios protegidos red Natura 2000 de las Illes Balears

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOIB núm. 51, de 9 de abril

Temas Clave: Red Natura 2000

Resumen:

Se aprueban los planes de gestión de los siguientes espacios protegidos red Natura 2000, cuyo contenido figura en el anexo:

Plan de Gestión Natura 2000 de Cuevas Plan de Gestión Natura 2000 de Estanques Temporales Plan de Gestión Natura 2000 de las Albuferas de Mallorca Plan de Gestión Natura 2000 de Mondragó Plan de Gestión Natura 2000 es Trenc – Salobrar de Campos

En estos planes se contienen las medidas de conservación necesarias en respuesta a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales y de las especies de interés comunitario presentes en las zonas especiales de conservación (ZEC) y en las zonas de especial protección para las aves (ZEPA).

Documento adjunto:

24 abril 2015

Actualidad

Actualidad al día. Asturias. Zona Especial de Conservación

Se declara la Zona Especial de Conservación Picos de Europa y se aprueba su Plan Básico de Gestión y Conservación

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Fuente: BOPA núm. 71, de 26 de marzo

Temas Clave: Red Natura 2000; Zona Especial de Conservación; Gestión

Resumen:

Esta Zona afecta a territorio de los concejos de Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Onís y Peñamellera Baja. La finalidad de esta declaración es la conservación de la biodiversidad y el desarrollo sostenible del territorio, según los objetivos de las distintas figuras de protección de espacios naturales que confluyen en su territorio.

El ámbito de aplicación del Plan Básico de Gestión y Conservación de la ZEC Picos de Europa (Asturias) está situado en la zona sudoriental del Principado de Asturias, se trata de una formación geológica inserta en la Cordillera Cantábrica y abarca un territorio de gran diversidad biológica. Tiene una superficie de 24.560 ha y un relieve tortuoso y agreste con cumbres de más de 2.600 m.s.n.m., áreas de montaña con predominio de la caliza, con muestras sobresa­lientes de modelado glaciar, procesos kársticos de relieve mundial, lagos sobre lecho calizo,

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20 noviembre 2014

Jurisprudencia al día Tribunal Supremo ( TS )

Jurisprudencia al día. Tribunal Supremo. Madrid. Zona Especial de Conservación

Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)

Autor: Antonio Ruiz Salgado, Abogado y consultor jurídico ambiental, Doctor en Derecho

Fuente: ROJ: STS 4153/2014

Temas clave: Red Natura, Comunidad de Madrid, Zona Especial de Conservación (ZEC), ordenación de los recursos naturales, espacio natural protegido

Resumen:

La presente sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sección octava, que desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la organización Ecologistas en Acción contra el Decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, que declaraba Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y aprobaba su Plan de Gestión.

El recurso de casación se fundamenta en tres motivos, todos ellos al amparo de lo establecido en el artículo 88.1.d) de la LJCA. El primer motivo se basa en la infracción de las normas del ordenamiento jurídico y de la jurisprudencia aplicables por la ausencia de contestación a las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción-CODA en el trámite de información pública del Plan de Gestión recurrido.

En el

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