Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 30 de junio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Casiano Rojas Pozo)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ EXT 614/2016 – ECLI:ES:TSJEXT:2016:614
Temas Clave: Derecho de propiedad; Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Ordenación de los recursos naturales; Zona de especial conservación (ZEC)
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una asociación de agricultores y ganaderos contra el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura.
Cabe destacar que la disposición general recurrida, es la encargada de:
Aprobar el Plan Director de la Red Natura 2000 en Extremadura. Declarar como Zonas de Especial Conservación (ZEC) todos los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) existentes en Extremadura. La modificación de los límites de determinadas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Y, por último, la aprobación de los Planes de Gestión de las zonas de la Red Natura 2000 en Extremadura.
Los recurrentes solicitan, en primer término, la nulidad de pleno derecho del Decreto impugnado y, subsidiariamente, algunos preceptos del mismo o de
El Parque Natural de Doñana, ampliación de su ámbito territorial y planificación
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 142/2016, de 2 de agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana. (BOE núm. 185, de 26 de septiembre)
Temas Clave: Parque natural; Biodiversidad; ZEC, Planificación; Ámbito geográfico
Resumen:
La ampliación del ámbito territorial del Parque Natural de Doñana supone la incorporación, por una parte, de los montes públicos de la Junta de Andalucía denominados Grupo Bodegones-Cabezudos, Coto la Matilla I, Coto la Matilla II y Coto la Matilla III, que comprenden terrenos pertenecientes a los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto y Moguer. El valor ambiental de estos montes viene marcado prioritariamente porque incluyen la práctica totalidad de los cauces que vierten sus aguas al Arroyo de la Rocina, englobando de este modo la cuenca del mayor y mejor aporte de
El Parque Natural de Doñana, ampliación de su ámbito territorial y planificación
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 142/2016, de 2 de agosto, por el que se amplía el ámbito territorial del Parque Natural de Doñana, se declara la Zona Especial de Conservación Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y se aprueban el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana. (BOE núm. 185, de 26 de septiembre)
Temas Clave: Parque natural; Biodiversidad; ZEC, Planificación; Ámbito geográfico
Resumen:
La ampliación del ámbito territorial del Parque Natural de Doñana supone la incorporación, por una parte, de los montes públicos de la Junta de Andalucía denominados Grupo Bodegones-Cabezudos, Coto la Matilla I, Coto la Matilla II y Coto la Matilla III, que comprenden terrenos pertenecientes a los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto y Moguer. El valor ambiental de estos montes viene marcado prioritariamente porque incluyen la práctica totalidad de los cauces que vierten sus aguas al Arroyo de la Rocina, englobando de este modo la cuenca del mayor y mejor aporte de
Se aprueba la designación de tres Zonas Especiales de Conservación en el País Vasco
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOPV núm. 159, 163 y 174, de 23 y 29 de agosto, y de 13 de septiembre de 2016
Temas Clave: Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC)
Resumen:
A través de tres Decretos se han designado tres nuevas Zonas de Especial Conservación en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco: “Lago de Caicedo Yuso y Arreo”, “Aizkorri-Aratz” y “Aralar”.
Asimismo, en los tres Decretos se incluyen como anexos la información ecológica, los objetivos de conservación, la normativa y el programa de seguimiento.
Documento adjunto: ; ;
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 21 de julio de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Luis Querol Carceller)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AS 2394/2016 – ECLI:ES:TSJAS:2016:2394
Temas Clave: Derecho de propiedad; Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Ordenación de los recursos naturales; Parques Naturales; Zona de especial conservación (ZEC)
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Decreto 159/2014, de 29 de diciembre, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos del Principado de Asturias, por el que se declaran las Zonas Especiales de Conservación Aller-Lena, Caldoveiro, Montovo-La Mesa, Peña Manteca-Genestaza, Peña Ubiña y Valgrande, y se aprueba el Instrumento de Gestión Integrado (IGI) de diversos espacios protegidos de la Montaña Central Asturiana.
La actora, la Parroquia Rural de Páramo, interesa la nulidad de este Decreto, amén de otras peticiones subsidiarias, basándose en diversos motivos a fin de sustentar sus pretensiones. Así, entre otros, se argumenta la pérdida de vigencia del plazo legal para la aprobación del plan de gestión del parque, el incumplimiento del principio de información y participación pública, la falta de claridad en las determinaciones
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