“Bardenas Reales” se designa como Zona de Especial Conservación y se aprueba su plan de gestión
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto Foral 120/2017, de 27 de diciembre, por el que se designa el Lugar de Importancia Comunitaria denominado “Bardenas Reales” como Zona Especial de Conservación, se aprueba el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación, de la ZEPA ES0000171 “El Plano-Blanca Alta”, de la ZEPA ES0000172 “Rincón del Bu-La Nasa-Tripazul” y del enclave Natural “Pinar de Santa Águeda” (EN-4), y se actualiza el Plan Rector de Uso y Gestión de las reservas naturales “Vedado de Eguaras” (RN-31), “Rincón del Bu” (RN-36) y “Caídas de la Negra” (RN-37). (BON núm. 20, de 29 de enero de 2018)
Temas Clave: Biodiversidad; Red Natura 2000; ZEPA; ZEC; Gestión
Resumen:
El espacio denominado “Bardenas Reales” ocupa una superficie de 58.442,54 ha., de las que 41.516,95 están integradas en el Parque Natural “Bardenas Reales de Navarra”, cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Bardenas Reales y cuya gestión se rige por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado mediante Decreto Foral 266/1998, de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala cuarta), de 19 de octubre de 2017, asunto C-281/16, por el que se resuelve la cuestión prejudicial planteada en relación con la validez de la Decisión 2015/71/UE relativa a los LICs de la región biogeográfica atlántica
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-281/16
Temas clave: Hábitats, Zonas de especial conservación, posible reducción, justificación
Resumen:
La cuestión prejudicial se planta en el marco de un litigio entre Vereniging Hoekschewaards Landschap (ONG ambiental de protección de la naturaleza y el paisaje) y la Secretaria de Estado de Asuntos Económicos de Holanda, en relación con la legalidad de una resolución de reducción de la superficie de una zona especial de conservación (ZEC).
En particular, la cuestión prejudicial versa sobre la validez de la Decisión 2015/72 de la Comisión, por la que se adopta la octava lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica atlántica.
El Leenheerenpolder es un pólder de unas 110 hectáreas de superficie que formaba parte del lugar Haringvliet cuando éste fue incluido, mediante la Decisión 2004/813, en la lista de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de julio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: María del Mar Jiménez Morera)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 7346/2017 – ECLI:ES:TSJAND:2017:7346
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Planes de gestión; Red natura; Zonas de especial conservación (ZEC); Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
Se recurre por una mercantil la Orden de 13 de mayo de 2015 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, a través de la cual se aprueba el Plan de Gestión de la zona especial de conservación Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006), conformante por tanto de la Red Natura 2000.
El primer argumento de los recurrentes se refiere al hecho de que el Plan de Gestión ha sido aprobado sin el Informe del Consejo Consultivo de Andalucía. Este Informe, según se apunta en la sentencia analizada, resulta exigible como viene declarando la doctrina jurisprudencial cuando se está ante reglamentos ejecutivos de las Leyes, por lo que resulta necesario analizar, en
Minería:
BALLESTEROS PINILLA, Gabriel; MONTES CHIVITE, Cristina. “Explotación sostenible de recursos naturales en zonas especiales de conservación (ZEC) que conforman la Red Natura 2000 de la Unión Europea: un análisis de los proyectos mineros”. Revista de Derecho Comunitario Europeo, n. 57, mayo-agosto 2017, pp. 641-688
Ordenación del territorio:
LÓPEZ RAMÓN, Fernando. “Conectividad y corredores ecológicos en la experiencia española”. Monografías de la Revista Aragonesa de Administración Pública, n. 16, 2016, pp. 35-61, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Organismos/InstitutoAragonesAdministracionPublica/Documentos/XVI_40.pdf [Fecha de último acceso 20 de septiembre de 2017].
Ordenación de los recursos naturales:
GUILLÉN NAVARRO, Nicolás Alejandro. “La organización de los parques nacionales”. Monografías de la Revista Aragonesa de Administración Pública, n. 16, 2016, pp. 177-203, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Organismos/InstitutoAragonesAdministracionPublica/Documentos/XVI_90.pdf [Fecha de último acceso 20 de septiembre de 2017].
Parques Nacionales:
GUILLÉN NAVARRO, Nicolás Alejandro. “La organización de los parques nacionales”. Monografías de la Revista Aragonesa de Administración Pública, n. 16, 2016, pp. 177-203, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Organismos/InstitutoAragonesAdministracionPublica/Documentos/XVI_90.pdf [Fecha de último acceso 20 de septiembre de 2017].
MOREU CARBONELL, Elisa. “La coordinación estatal de la Red de Parques Nacionales (¿la Red como pretexto?)”. Monografías de la Revista Aragonesa de Administración Pública, n. 16, 2016,
Se aprueba la designación de tres espacios como Zona Especial de Conservación, y se aprueba el Plan de Gestión conjunto con una ZEPA en la Comunidad Valenciana
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8122, de 7 de septiembre de 2017
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Lugares de importancia comunitaria (LIC); Zonas de especial conservación (ZEC); Zona de especial protección para las aves (ZEPA)
Resumen:
A través del Decreto 116/2017, de 1 de septiembre, del Consell, se han declarado tres nuevos espacios como Zonas de Especial Conservación (ZEC) en la Comunidad Valenciana, conformantes por tanto de la Red Natura 2000. En concreto, se declaran como ZEC los lugares de interés comunitario Alto Turia (ES5232006); Sabinar de Alpuente (ES5233008) y Sierra del Negrete (ES5233009).
Además, se aprueba a través de este mismo Decreto las normas de gestión de estos tres espacios junto con la Zona de Especial Protección para las Aves Alto Turia y Sierra del Negrete (ES0000449).
Documento adjunto:
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