Decreto 107/2010, de 01/07/2010, por el que se modifica el Reglamento de Suelo Rústico, aprobado por Decreto 242/2004, de 27 de julio (DOCM núm. 128, de 6 de julio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Tanto la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, como el Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado mediante el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, han introducido, un reconocimiento a nivel normativo de notable calado en relación al suelo rústico, que ha servido para otorgar a esta clase de suelo la transcendencia que se merece, tanto desde el punto de vista medioambiental, como desde el punto de vista de la ordenación territorial y urbanística, considerándolo un recurso natural, escaso y no renovable.
En Castilla la Mancha, el nuevo Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo se hizo eco del nuevo papel protagonista del suelo rústico, y por tanto, esa nueva
Decreto 101/2010, de 7 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Urbanismo de Aragón y de los Consejos Provinciales de Urbanismo. (BOA núm. 116, de 15 de junio).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La ya derogada Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, definía el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón y las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio de Zaragoza, Huesca y Teruel, como órganos colegiados con competencia en materia de urbanismo. Creados con la finalidad de asegurar la coherencia y coordinación de la actuación pública en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y patrimonio cultural, se han regido hasta la fecha por el Reglamento aprobado por el Decreto 216/1993, de 7 de diciembre de la Diputación General de Aragón, parcialmente derogado por disposiciones normativas posteriores.
La aprobación de la nueva Ley 3/2009, de 17 de junio, de urbanismo de Aragón, ha supuesto la creación de órganos colegiados nuevos que ejercerán las competencias de urbanismo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA nº 66, de 7 de abril, de 2010)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Amparándose en los artículos 56.3 y 92.2.a) del Estatuto de Autonomía andaluz, que otorgan competencias a la Comunidad Autónoma y a los Ayuntamientos en materia de disciplina urbanística, y en cumplimiento de la Disposición Final Única de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se dicta el presente Reglamento, con el objeto de desarrollar los Títulos VI y VII de la mencionada ley, relativos a disciplina e infracciones y sanciones en materia urbanística.
Este Decreto, desplaza al Reglamento de Disciplina Urbanística estatal, aprobado por Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, con la excepción de los artículos 10, 11, y 18 a 28, referidos a órdenes de ejecución, que seguirán siendo de aplicación, siempre que sean compatibles con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre y con el presente Decreto.
Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: D. Eduardo Calvo Rojas).
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ. ID: 28079130052010100129.
Temas Clave: clasificación del suelo; potestad reglada vs. potestad discrecional; suelo no urbanizable; preservación del valor ambiental, natural, paisajístico y ecológico del suelo.
Resumen:
La sentencia examina los recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento de las Navas del Marqués, la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la entidad Residencial Aguas Nuevas S.L., contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 29 de septiembre de 2006, en la que se estimó en parte, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Everardo, contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Ávila de 30 de abril de 2003, que aprobaba definitivamente la Revisión de las Normas Urbanísticas Municipales de Las Navas del Marqués (Ávila), y contra la Orden de la Consejería de Fomento de fecha de 23 de octubre de 2003, que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra el
Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (DOCM núm. 97, de 21 de mayo)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El presente Decreto Legislativo, tiene por objeto la refundición, aclaración y armonización de las disposiciones legales existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Se unifica en un único texto normativo, el Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (modificado por la Ley 7/2005 de 7 de julio y la Ley 12/2005, de 27 de diciembre), con las disposiciones contenidas en la Ley 2/2009, de 14 de mayo, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Suelo.
Resulta interesante destacar algunas disposiciones del régimen transitorio que establece el Decreto Legislativo en virtud de las cuales:
– Las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 2/2009, de 14
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