ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Ordenación del Litoral:
BOROBIO SANCHIZ, Manuel; GARCÍA GARCÍA, Miriam. “Plan de Ordenación del Litoral de Galicia”. Ciudad y territorio: Estudios territoriales, n. 171, 2012, pp. 171-178
SOCIAS CAMACHO, Joana M. “Estrategia europea de prosperidad sostenible y ordenación del turismo en el litoral”. Civitas. Revista española de derecho administrativo, n. 153, 2012, pp. 309-344
“La stratégie nationale pour la mer et le littoral et les documents stratégiques de façade”. Droit de l’Environnement, n. 199, 2012, pp. 100
Decreto 60/2012, de 5 de abril, del Consell, por el que se regula el régimen especial de evaluación y de aprobación, autorización o conformidad de planes, programas y proyectos que puedan afectar a la Red Natura 2000 (DOGV núm. 6750 de 10 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Evaluaciones ambientales, Evaluación ambiental estratégica; Evaluación de impacto ambiental, Red natura
Resumen:
El objeto del presente Decreto es por un lado, regular el régimen especial de evaluación y aprobación, autorización o conformidad de los planes, programas y proyectos que puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000 y que vayan a desarrollarse en el territorio de la Comunidad Valenciana; y por otro, el establecimiento de un procedimiento coordinado y conjunto con el de evaluación ambiental estratégica de planes y programas y de evaluación de impacto ambiental de proyectos, que simplifique los procedimientos administrativos existentes desde la perspectiva de la reducción de las cargas administrativas.
El Consejo de Gobierno de Andalucía acuerda la formulación del Plan Director de las dehesas de Andalucía.
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2012/45/d/updf/d1.pdf
Temas clave: Ordenación del territorio; Plan director de las dehesas
Mediante el Acuerdo de 21 de febrero de 21 marzo, del Consejo de Gobierno (BOJA núm. 16 de 6 de marzo de 2012) se acordó la formulación del Plan Director de las dehesas de Andalucía. Y es que, tal y como precisa la Ley 1/1994, de 11 de enero en su artículo 18.1, con carácter previo a la aprobación del Plan Director de las dehesas de Andalucía, se hace necesario que previamente, se acuerde por el Consejo de Gobierno, la formulación del mencionado plan.
ARTÍCULOS DE PUBLICACIONES PERIÓDICAS:
Especies amenazadas:
PALLADINI, Marie; JONES, Leah. “The Endangered Species Act V. The United States Department Of Justice: How The Department Of Justice Derailed Criminal Prosecutions Under The Endangered Species Act”. Animal law review, vol. 17, n. 2, 2010
Evaluación de impacto ambiental ( EIA ):
GARCÍA URETA, Agustín María; LAZCANO BROTÓNS, Íñigo. “Parques eólicos, red Natura 2000 e impacto ambiental: comentario a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 18 de febrero de 2011 (proyecto de parque eólico de Ordunte). Revista Vasca de Administración Pública. Herri-Arduralaritzako Euskal Aldizkaria, n. 91, 2011, pp. 233-256
Sentencia 790/2011, de 24 de octubre, del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (Sala de lo Contencioso. Sección 1ª. Sede de Palma de Mallorca. Ponente Dña. Alicia Esther Ortuño Rodríguez)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Fuente: ROJ: STSJ BAL 1220/2011
Temas Clave: Red Natura
Resumen:
Se señala como objeto del recurso la desestimación presunta de la solicitud efectuada por la entidad denominada “Grup Balear d´ornitologia i defensa de la naturalesa” el 30 de abril de 2009 ante la Consellería de Medi Ambient de Baleares, en la cual, y en relación con el informe elaborado por agentes de medio ambiente en el que se señalaba la presencia en la zona de Son Bosc, sobre el que se proyecta la construcción de un emplazamiento socio-deportivo (concretamente un campo de golf), de hábitats naturales de importancia comunitaria y de protección prioritaria, se interesa (dicha entidad actuante) por la remisión de una copia del citado informe, la verificación y, en su caso, la cartografía de la presencia de estos hábitats naturales y la adopción de medidas para garantizar la conservación de dichos hábitats, en especial los
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