En realidad, pretende clarificar de qu\u00e9 forma los recursos naturales en los que se hallan determinadas materias en sus diversas formas, s\u00f3lidas, l\u00edquidas o gaseosas pueden incorporarse a una actividad industrial sin que se produzca una posici\u00f3n de enfrentamiento entre estas actividades y los valores ambientales que deben protegerse y ante la que deben fijarse los criterios de actuaci\u00f3n entre la defensa de la naturaleza y la realizaci\u00f3n de las actividades extractivas de esas materias. Y ello tomando en consideraci\u00f3n los planes de ordenaci\u00f3n de los recursos naturales que son la herramienta espec\u00edfica en la que se concretan los valores de protecci\u00f3n, y acudi\u00e9ndose tambi\u00e9n a la evaluaci\u00f3n de impacto ambiental.<\/p>\r\n
En el \u00fanico art\u00edculo que compone la norma se llevan a cabo las siguientes modificaciones de la Ley 16\/1994, de 30 de junio, de Conservaci\u00f3n de la Naturaleza del Pa\u00eds Vasco:<\/p>\r\n
-Se modifica el p\u00e1rrafo final del art\u00edculo 8.<\/p>\r\n
-Se a\u00f1ade un nuevo art\u00edculo 16 ter al Cap\u00edtulo III del T\u00edtulo III sobre solapamiento en un mismo lugar de distintas figuras de espacios protegidos.<\/p>\r\n
-Se modifica el apartado 4 del art\u00edculo 17 sobre proyectos de actividades extractivas en espacios protegidos.<\/p>\r\n
-Se a\u00f1ade un nuevo art\u00edculo 19 bis\u00a0 sobre formulaci\u00f3n de las propuestas de lugares de importancia comunitaria\u00a0 y\u00a0 procedimientos de declaraci\u00f3n de los lugares de la Red Natura 2000.<\/p>\r\n
-Se modifica la disposici\u00f3n transitoria \u00fanica de la Ley 1\/2010,\u00a0 por una disposici\u00f3n transitoria primera sobre actividades extractivas autorizadas que a fecha de la aprobaci\u00f3n de la presente ley se hallen en ejecuci\u00f3n dentro de los l\u00edmites y zonas de afecci\u00f3n de los espacios naturales protegidos.<\/p>\r\n
- Se a\u00f1ade una disposici\u00f3n transitoria segunda sobre la adaptaci\u00f3n a la presente ley de las\u00a0 medidas de conservaci\u00f3n de las zonas de especial conservaci\u00f3n (ZEC) vigentes en la actualidad<\/p>\r\n
Entrada en vigor:<\/strong> 18 de octubre de 2013<\/p>\r\n
Normas afectadas: <\/strong><\/p>\r\n
Se autoriza al Gobierno para que, en un plazo no superior a seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, refunda en un s\u00f3lo texto la Ley 16\/1994, de 30 de junio, de Conservaci\u00f3n de la Naturaleza del Pa\u00eds Vasco, la Ley 1\/2010, de 11 de marzo, de modificaci\u00f3n de la anterior, y la presente ley, sometiendo la aprobaci\u00f3n del texto refundido al Consejo Asesor de Conservaci\u00f3n de la Naturaleza del Pa\u00eds Vasco-Naturzaintza.<\/p>\r\n
Ley 2/2013, de 10 de octubre, de modificación de la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. (BOPV núm. 199, de 17 de octubre de 2013)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; Actividades extractivas; Actividades industriales y valores ambientales; Red natura 2000
Resumen:
De conformidad con su Exposición de Motivos, esta ley responde a una serie de principios de actuación que se traducen en respetar lo realizado, corregir aquello que pueda poner en riesgo una evolución equilibrada del espacio y establecer cautelas para que potenciales nuevos desarrollos económicos no pongan en riesgo los valores a proteger, pero nunca cerrar el paso de una manera radical a potenciales desarrollos económicos de los espacios naturales protegidos.
UNDERWOOD, E. et al. “Technology options for feeding 10 billion people: Interactions between climate change & agriculture and between biodiversity & agriculture: Study”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 178 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/technology-options-for-feeding-10-billion-people-pbBA0313491/ [Fecha de último acceso 24 de septiembre de 2013].
UNDERWOOD, E. et al. “Technology options for feeding 10 billion people: Interactions between climate change & agriculture and between biodiversity & agriculture: Annexes”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2013. 201 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/technology-options-for-feeding-10-billion-people-pbBA0313492/ [Fecha de último acceso 24 de septiembre de 2013].
CARRILLO GARCÍA, Germán. “Historia agraria y organización social en la Costa Austral de Ecuador, 1950-2010. Estudio de caso de una cooperativa agrícola: la Unión Regional de Organizaciones Campesinas del Litoral, Urocal”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Encarna Nicolás Marín y la Dra. Lucía Provencio Garrigós. Murcia: Universidad de Murcia. Departamento de Historia Moderna, Contemporánea y de América, 2013. 575 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10803/119737 [Fecha de último acceso 20 de agosto de 2013].
BLUSTEIN, Shol. “Towards a right to sustainable energy”. Environmental Liability, vol. 20, n. 5, 2012, 173-185
VG Braunschweig, Urteil vom 17. April 2012 – 2 A 299/11. “Verjährung für Leistungsrückforderungen und Sanktionen bei Vertragsgewässerschutz”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 5, 2013
Energía eólica:
“Éoliennes et loi Littoral: l’incompatibilité confirmée: L’absence de dérogation à la règle de l’urbanisation en continuité de l’existant sur les communes littorales fait échec à l’implantation d’éoliennes sur leur territoire”. Droit de l’environnement, n. 210, marzo 2013, pp. 99-102
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.