Reglamento (UE) núm. 5/2012, del Consejo, de 19 de diciembre de 2011 por el que se establecen, para 2012, las posibilidades de pesca aplicables en el Mar Negro a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces (DOUE L 3/1, de 6 de enero de 2012)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Pesca; Mar Negro; Unión Europea
Resumen:
Mediante este Reglamento se fijan las posibilidades de pesca para el año 2012 de determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el Mar Negro, de aplicación a los buques pesqueros de la Unión que faenen en dicho mar. Estableciéndose en el anexo del mismo Reglamento los TAC, la asignación de esos TAC a los distintos Estados miembros, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Reglamento UE 847/96 del Consejo, de 6 de mayo de 1996, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas; así como las condiciones funcionales de dicha asignación, según proceda.
Ley 9/2011, de 29 de diciembre, de promoción de la actividad económica. (DOGC núm. 6035, de 30 de diciembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Política ambiental; Agricultura; Residuos; Pesca; Ganadería
Resumen:
El objeto de la presente Ley es introducir en el ordenamiento jurídico las reformas administrativas y estructurales necesarias para el impulso y la promoción de la actividad económica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, con la finalidad de favorecer la reactivación de la economía. En este sentido, la presente Ley modifica normas de rango legal de ámbitos diversos para establecer una regulación más comprensible y simplificar los trámites administrativos, manteniendo únicamente los trámites que son imprescindibles, y en consecuencia, poder alcanzar el objetivo final de reactivación de la actividad económica.
Reglamento (UE) Núm.1343/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011 sobre determinadas disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM (Comisión General de Pesca del Mediterráneo) y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1967/2006 del Consejo, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo. (DOUE L 347/44, de 30 de diciembre de 2011)
Autora: Ana Mª Barrena Medina. Personal Investigador en Formación, CIEDA-CIEMAT
Temas Clave: Pesca; Explotación sostenible de los recursos pesqueros; Mar Mediterráneo
Resumen:
Este Reglamento establece las normas para la aplicación por parte de la Unión de las medidas de conservación, gestión, explotación, control, comercialización y ejecución para los productos de la pesca y la acuicultura, establecidas por la Comisión General de Pesca del Mediterráneo (CGPM). Disposiciones que serán de aplicación a todas las actividades comerciales relacionadas con la pesca y la acuicultura llevadas a cabo por buques de pesca de la UE y ciudadanos de los Estados miembros en la zona del Acuerdo CGPM. No obstante, no se aplicarán a las operaciones de pesca realizadas
MONOGRAFÍAS:
Agricultura:
BRUFAO CURIEL, Pedro. “La intervención pública en los aspectos ambientales de la agricultura: subsidios y dominio público”. Madrid: Universidad Carlos III de Madrid , 2002. 530 p.
DINAR, Ariel. “Handbook On Climate Change And Agriculture”. Cheltenham Glos (Reino Unido): Edward Elgar, 2011. 544 p.
HILL, Berkeley. “Understanding the Common Agricultural Policy”. London: Earthscan, 2012. 335 p.
ROSIN, Christopher. “Food systems failure : the global food crisis and the future of agriculture”. London: Earthscan, 2012. 236 p.
El Consejo llega a un acuerdo político sobre las cuotas pesqueras para los buques de la UE para el año 2012
Autora: Blanca Muyo Redondo. Responsable de la Unidad de Documentación e Información del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: Consejo de la UE y La Moncloa
Temas clave: Pesca; Aguas internacionales; Gestión ambiental; Protección de especies
Las aguas pertenecientes a la Unión Europea, además de las aguas del Atlántico, el Canal de La Mancha y el Mar del Norte, han quedado reguladas el pasado diciembre por el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea. El propósito es mantener la sostenibilidad ecológica, económica y social, tal y como dictan los criterios de la Política Pesquera Común (PPC).
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