Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 26 de septiembre de 2013, asunto C-195/12
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: Directiva 2004/8/CE; ámbito de aplicación; cogeneración y cogeneración de alta eficiencia; artículo 7; Plan regional de apoyo que prevé la concesión de “certificados verdes” a las instalaciones de cogeneración; concesión de una mayor cantidad de certificados verdes a instalaciones de cogeneración que valoricen principalmente otras formas de biomasa que no sean la madera o los residuos de madera; principio de igualdad y de no discriminación; artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 7 [1] de la Directiva 2004/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, relativa al fomento de la cogeneración sobre la base de la demanda de calor útil en el mercado interior de la energía, en relación con los artículos 2 y 4 de la Directiva 2001/77/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre
Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. (BOE núm. 89, de 13 de abril de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Eficiencia energética en la edificación; Consumo de energía, Certificaciones; Climatización; Reglamentaciones técnicas
Resumen:
Mediante este real decreto se incorpora al derecho español la regulación de las instalaciones térmicas en los edificios prevista en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. También responde a la necesidad de actualizar diversas cuestiones que han surgido como consecuencia de la aplicación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), bien por haberse quedado obsoletas por la evolución de la técnica, bien por la necesidad de adaptarse a nuevos requerimientos de ahorro y eficiencia energética. Por otra parte,
Decreto 55/2011, de 15 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL núm. 183, de 21 de septiembre)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT
Temas clave: Eficiencia energética; Edificación; Certificación
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto establecer y regular el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León, desarrollando las prescripciones del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Estructurado en seis capítulos, el primero de ellos, bajo la rúbrica «Disposiciones Generales» concreta el objeto y ámbito de aplicación de la norma (artículos 1 y 4), y define hasta un total de 24 conceptos importantes para su comprensión (artículo 3). Asimismo establece que el órgano competente en materia de certificación energética de edificios será la Consejería competente en materia de energía (artículo 5), y dispone las obligaciones de los diferentes agentes implicados en el
Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. Última Consulta: 11/12/2009 El pasado 27 de noviembre de 2009 el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, instrumento formal de la estrategia para el cambio de modelo económico diseñada por el ejecutivo a través de la cual se pretende impulsar la economía española y dar un giro al modelo de crecimiento vigente. La propuesta del ejecutivo aprobada por el Consejo de Ministros gira en torno a la definicion de tres objetivos específicos: proporcionar un mejor entorno regulatorio a los agentes económicos, impulsar la competitividad de la economía española y orientar al sector empresarial y a los agentes económicos hacia sectores con potencial de crecimiento a largo plazo, generadores de empleo y sostenibles desde el punto de vista económicos, social y medio ambiental. La consecución de tan ambiciosos objetivos se ha pretendido asegurar a través de la definición de un conjunto de cambios normativos que requerirán de un desarrollo posterior a la aprobación del texto por las Cortes. Se exponen a continuación las medidas concretas definidas por el Anteproyecto para lograr los objetivos antes señalados:
Resolución MAH/2406/2009, de 29 de abril, por la que se establecen los criterios ambientales para el otorgamiento del distintivo de garantía de calidad ambiental a los talleres de vehículos (DOGC nº 5460, de 8 de septiembre de 2009)
La Resolución MAB/2814/2003, de 23 de julio que estableció los criterios ambientales para el otorgamiento del distintivo de garantía de calidad ambiental a los talleres de vehículos, determina que el periodo de vigencia de la definición de la categoría de servicio susceptible de obtener el citado distintivo y los criterios específicos que deberá cumplir para obtenerlo, debe entenderse expirado a los tres años contados desde el día de la publicación de de la norma. La Resolución MAH/2406/2009, de 29 de abril desplaza a la Resolución del 2004 y viene a revisar la definición y los criterios de calidad ambiental mencionados.
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