Montes:
BADULES IGLESIAS, Darío, et al. Bienes públicos y patrimonio cultural. Revista Española de Derecho Administrativo, n. 213, julio-septiembre 2021, pp. 319-352
GARCÍA-MORENO RODRÍGUEZ, Fernando. La certificación forestal: un instrumento de mercado disfuncional en el pasado, eficiente en el presente y de obligada proyección futura para una gestión forestal sostenible. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 48, 2021, pp. 91-145
MATA TORRES, Cynthia Inmaculada. La obtención de biomasa frente a la gestión forestal sostenible: La biomasa forestal en Andalucía. Revista Aranzadi de derecho ambiental, n. 48, 2021, pp. 379-441
Organismos modificados genéticamente (OMG):
LIMA MARQUES, Claudia; GOMES BERGSTEIN, Laís; LINCK BASSINI, Matheus. A necessária manutenção do direito à informação dos consumidores sobre produtos transgênicos: uma crítica ao Projeto de Lei 34/2015(4148/2008). Revista de Direito Ambiental, vol. 23, n. 91, julio-septiembre 2018, pp. 87-106.
NACUR REZENDE, Élcio; SOUSA CAMPOS, Denise. Transportadora de organismos geneticamente modificados: uma análise da responsabilidade civil ambiental. Revista de Direito Ambiental, vol. 22, n. 86, abril-junio 2017, pp. 221-238.
TABARES FAGUNDEZ, Gabrielle; ALBUQUERQUE, Letícia. Dominação científica e transgenia animal: uma análise baseada na patenteabilidade do oncorato no Canadá. Revista de Direito
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 5 de marzo de 2021 (Sala de lo Contencioso, Sección 2, Ponente: Jose Antonio Parada López)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 2107/2021- ECLI:ES:STSJGAL:2021:2107
Palabras clave: Montes. Aprovechamiento. Usos.
Resumen:
En el supuesto de autos, la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) de Noalla (Sanxenxo) apela la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra, de 5 de mayo de 2020, en el procedimiento ordinario 179.2018.
Los antecedentes del supuesto presente quedan recogidos en el FJ 3º, en el que figuran numerosas resoluciones que datan de 1989 en adelante. El acto recurrido en instancia es la resolución del Xurado Provincial de Clasificación de Montes Veciñais en Man Común de Pontevedra, 26 de febrero de 2018, desestimatoria de los recursos de reposición formulados por el Concello de Sanxenxo y la Comunidade de Montes Veciñais en Man Común de Noalla frente a la resolución de dicho Xurado, de 14 de junio de 2017,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de 15 de junio de 2021 (Sala de lo Contencioso, Sección 1, Ponente: Edilberto José Narbón Laine)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 2973/2021 – ECLI:ES:TSJCV:2021:2973
Palabras clave: Espacio natural protegido. Red Natura 2000. Plan Actuación Urbanística. Ordenación territorio. Evaluación ambiental estratégica.
Resumen:
Esta sentencia trata sobre el proceso interpuesto por las mercantiles COLINAS GOLF RESIDENCIAL S.L., COLINAS GREEN GOLF S.L., GMP NUEVA RESIDENCIAL S.A. por el cual recurrieron el “Decreto del Gobierno Valenciano núm. 190/2018, de 19 de octubre, por el que se declara paisaje protegido la Sierra Escalona y su entorno.
Los argumentos empleados se resumen en los siguientes:
Por un lado, se infringe la normativa ambiental sobre espacios protegidos pues refieren que las partes de la finca incluidas en el paisaje protegido no reúnen los valores ambientales requeridos.
En segundo lugar, manifiestan que la delimitación del paisaje protegido “vulnera el principio de interdicción a la arbitrariedad de los poderes públicos”. Un
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 12 de febrero de 2021 (Sala de lo Contencioso, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 1059/2021- ECLI:ES:STSJGAL:2021:1059
Palabras clave: Montes. Red Natura 2000. Procedimiento sancionador.
Resumen:
El supuesto que traemos a colación versa sobre la impugnación en apelación de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ferrol nº 23/2020, de 11 de febrero de 2020, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular frente a la Resolución de 12 de marzo de 2019 de la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia, que desestimó parcialmente el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 21 de noviembre de 2016, circunscrita a un expediente sancionador en materia de montes, por realizar la repoblación forestal de eucaliptos en sustitución de frondosas, que supuso la corta de bidueiro (abedul) y el salgueiro (sauce), (artículos 130.5, 67.4 y Anexo 2 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de Montes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 14 de mayo de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Matías Alonso Millán)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 1758/2021 – ECLI:ES: TSJCL: 2021:1758
Palabras clave: Montes. Cambio de uso forestal a agrícola.
Resumen:
La Sala conoce del recurso de apelación formulado por un particular frente a la sentencia número 166/2020 de fecha 19 de noviembre de 2020, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Ávila, por la que se acuerda desestimar el recurso interpuesto contra la desestimación, por silencio administrativo, del recurso de alzada formulado por el recurrente contra la Resolución del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Ávila, de fecha 17 de enero de 2019, sobre denegación de cambio de uso de terrenos de una parcela ubicada en el término municipal de Arenas de San Pedro (Ávila).
La parte apelante alega error en la valoración de la prueba, por cuanto no solicitó un
|