Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II) y concesión directa de las ayudas a las Comunidades Autónomas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. (BOE núm. 169, de 17 de junio de 2020)
Palabras clave: Movilidad. Ayudas públicas. Transporte. Descarbonización. Vehículos. Eficiencia energética. Energías renovables.
Resumen:
La primera edición del Programa MOVES cerró su vigencia el 31 de diciembre de 2019, con un grado de compromiso de fondos del 82,5% y un presupuesto comprometido de cerca de 37,2 millones de euros para dar respuesta a un total de 6.182 solicitudes.
Se considera conveniente aprobar una segunda edición denominada MOVES II, que modifica ciertos requisitos de la primera a fin de conseguir una mejor ejecución de los fondos
Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 183, de 1 de agosto de 2015
Temas Clave: Energía; Comercialización; Remuneración; Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla
Resumen:
Esta norma se centra esencialmente en la regulación de la producción y suministro de energía en los territorios no peninsulares, así como en la forma de su remuneración y repercusión en los consumidores y usuarios. En la estela de adopción de medidas de ajuste regulatorio en los sectores energéticos para minorar la falta de convergencia entre los ingresos y los costes de las actividades con retribución regulada en el sector eléctrico, el presente real decreto establece el régimen administrativo de las instalaciones de producción de energía eléctrica en estos territorios y determina el procedimiento de reconocimiento de los datos técnicos y económicos de las centrales.
Asimismo, regula la actividad de producción de energía eléctrica y su retribución, distinguiendo entre aquellas instalaciones gestionables de aquellas que
Real Decreto 739/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. (BOE núm. 237, de 3 de octubre de 2013)
Real Decreto 740/2013, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. (BOE núm. 237, de 3 de octubre de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Ceuta y Melilla; Confederaciones Hidrográficas
Resumen:
De acuerdo con lo previsto en el artículo 40.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, el ámbito territorial de cada plan hidrológico será coincidente con el de la demarcación hidrográfica correspondiente. En este sentido, el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, en los párrafos 7 y 8 de su artículo 3 ha delimitado las Demarcaciones Hidrográficas de Ceuta y Melilla, por lo que el ámbito territorial de ambos Planes comprende los territorios de Ceuta y Melilla así como sus aguas de transición y costeras. Consecuentemente, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, al ser el organismo de
Real Decreto 295/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. (BOE núm. 101, de 27 de abril de 2013)
Real Decreto 296/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. (BOE núm. 101, de 27 de abril de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Confederaciones Hidrográficas; Demarcaciones Hidrográficas; Ceuta y Melilla.
Resumen:
Las Demarcaciones Hidrográficas de Ceuta y Melilla no revisten la naturaleza de cuencas intercomunitarias, sin embargo es competencia del Estado su regulación y gestión, en virtud del artículo 149.3 de la Constitución, al no asumirse por sus Estatutos de Autonomía.
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